Debates del equipo asesor
Abierto por:
Univ. del País Vasco / Euskal Herriko Unib.
puede el director de una fundación contratar servicios mediante su empresa?
03.05.19
Buenas tardes,
un grupo de profesores universitarios entre los que me incluyo estamos intentando con más pena que gloria promover una iniciativa filantrópica para promover la ciencia en la sociedad arrancando con nuestro tema. Con exiguos fondos públicos hemos conseguido hacer un video divulgativo con una empresa con muy buena voluntad y afición por la ciencia y nos planteamos otros proyectos. Creemos que ambas partes pueden ir bien armonizadas mediante una fundación. La empresa aportaría el capital, y todos aportaríamos mucho trabajo voluntarios, ellos y nosotros. La pregunta es si en caso de que el gerente de la empresa a modo particular fuera director de la fundación podría esta contratar con su empresa legalmente. Realmente no se contempla lucro, más bien cubrir gastos y que la empresa no salga perdiendo.
Muchas gracias,
Ruth
Respuestas
Aportada por:
Consultor en innovación socioambiental en red
Trabaja en:
Asesor particular
05.05.19
Buenos días Ruth,
te contesto desde la experiencia práctica. Aquí hay asesores que espero te responderán con conocimientos legales de verdad.
Entiendo pues que no hay ningún inconveniente en lo que planteáis. La normativa sobre fundaciones creo que no pone ninguna limitación a quien la dirija ni a quien la presida en el sentido que comentas. De hecho verás que tanto empresas como entidades bancarias, por ejemplo, tienen sus propias fundaciones asociadas.
Lo que es lógico es que deberá de haber total claridad y transparencia en cuanto a la financiación de la fundación y las cantidades que la empresa aporte a esta. Dado que las fundaciones tienen obligaciones legales de auditoria y presentación de cuentas, estas mismas serán válidas para mostrar la transparencia.
Espero que os sea útil, y en todo caso buscad más información en otras consultas similares anteriores y asesoramiento para crear la fundación.
Mucha suerte. Jordi
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
06.05.19
Como señala el compañero, en principio no hay ninguna prohibición para que la fundación pueda contratar con una empresa dirigida por un miembro del órgano de gobierno de la fundación, siempre que esa contratación se efectúe con transparencia y con arreglo a la legalidad.
Ahora bien, puede haber ocasiones en las que, bajo esa apariencia de legalidad, se encubran operaciones en fraude de ley u operaciones que provoquen ventajas o beneficios ilícitos.
En conclusión, esa contratación procedería siempre que se realice con transparencia y tenga por objeto operaciones lícitas y racionales.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com
Trabaja en:
Asesor particular
09.05.19
De acuerdo con lo ya aportado, a la pregunta concreta: ...“gerente de la empresa a modo particular fuera director de la fundación podría esta contratar con su empresa legalmente”: no hay ninguna norma que lo impida, ni siquiera en el caso de que fuera patrono aunque en este caso habría que pedir autorización previa. Es evidente que si se le pone como director porque es el sabe del tema, así como su empresa, no vamos a poner a otro.
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