Saltar al contenido principal

Debates del equipo asesor

avatar

Abierto por:

Alicia Urrea

socialco.es, especialistas en comunicación digital con ❤️ social

¿Estamos obligadas a prestar un servicio?

27.09.22

Buenos días, en la asociación en la que participo, en la que se organizan actividades extraescolares, ha ocurrido lo siguiente: Una familia intentó darse de alta como socia en julio pero hubo un error en el pago (dentro de la pasarela) y no completó el pago. Ella no fue consciente del error y pensó que el proceso era correcto. Después, al darse de alta en las actividades, no figuraba como socia y perdió la plaza frente a otras personas que sí eran socias. Esta persona está ahora amenazándonos con acciones legales y nuestras dudas son:
1. ¿En realidad estamos obligadas a darle servicio o podemos reclamar algún tipo de derecho de admisión?
2. Como socia que es ahora, quiere auditar nuestros procesos internos. ¿Podemos permitírselo? ¿Cuál sería la forma correcta de proceder en estos casos?

Gracias!

Respuestas

avatar
#1

Muy buena

Aportada por:

María Luján Martínez Chao

María Luján Martínez

Trabaja en:

Asesor particular

27.09.22

Hola. En.primer lugar es indispensable que actúe un abogado tanto para informarse de la situación y asesorarlos como para defenderlos, en caso que esta persona inicie una causa legal.
Por otra parte, si bien no soy abogada, considero que debe de existir alguna prueba de que no completó el pago para avalar el hecho y los dichos.
De contar con dicha prueba o constancia, tendrán todo resuelto tanto para que la persona pueda participar, como para que quede fuera del sistema.
Respecto al derecho de admisión, es controversial, porque puede aducir el no cumplimiento de vuestra misión social. No obstante, si una organización está al tope en su capacidad por cantidad de personal, por ejemplo, tiene derecho a decir “ no tenemos más cupo”.
Pero, reitero la necesidad de dar participación y derivar la situación a un abogado, dado que a esta persona en ningún momento se le ha dicho, que los cupos estaban completos.
Espero haber podido echar alco de claridad y deseo todo se encamine.
Saludos!!

avatar
#2

Muy buena

Aportada por:

Juan Pablo Blanca Pérez

Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.

Trabaja en:

Asesor particular

27.09.22

Buenas tardes,
La prestación de un servicio requiere el pago de un precio. Si no se cumple esa condición y podéis acreditarlo, no se puede dar un servicio, ya que habrían incumplido la parte de su contrato por así decirlo.
Un saludo

avatar
#3

Excelente

Aportada por:

Concha Montoya Oliver

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

13.10.22

Me adhiero a la contestación de Juan Pablo, la prestación de un servicio requiere el pago del precio.

Respecto al error del pago, hay que decir una serie de cosas. En cualquiera de los sistemas ahora más generalizados como pueden ser transferencias o bizum, si hay un error, éste se refleja de manera inmediata en la cuenta corriente del titular, y si se paga con tarjeta, pues dependiendo de lo que tenga pactado con su banco, se le carga en el momento o a final de mes.
Así que decir que no se enteró no parece adecuarse con las prácticas bancarias; es una disculpa muy floja que en todo caso determinaría un mal seguimiento de su cuenta corriente, lo que no es nada habitual, ya que todos vigilamos los movimientos que se producen en esas cuentas.

Evidentemente, si el pago no se realizó en tiempo y forma, en ese momento no era socia, así que no ha lugar a la correspondiente contraprestación que es el servicio que vosotras dais.

Finalmente dices que ahora ya es socia y que quiere auditar a esa asociación. La contestación inmediata es no. La Ley de Asociaciones (si es que estais constituidas con tal, ya que he visto que social.co es una SL) tiene unos sistemas propios para informar a los socios, que suele ser a través de las Asambleas. Lo que puede proponer esa socia a la Asamblea es que se contrate a una Auditora y que esta propuesta sea aprobada en Junta; por supuesto, previa inclusión de la propuesta en el orden del día.
En caso de que fueseis una S.L. el sistema es prácticamente igual.
Aquí habrá otro problema y es el coste de esas auditorías.

Pero en fin, la impresión es que la socia está muy enfadada y mi consejo es intentar apaciguar los ánimos y evitar abogados y auditores que, aunque sean mi gremio, mas vale tenerlos un poco lejos.

avatar
#4

Excelente

Aportada por:

Concha Montoya Oliver

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

13.10.22

Me adhiero a la contestación de Juan Pablo, la prestación de un servicio requiere el pago del precio.

Respecto al error del pago, hay que decir una serie de cosas. En cualquiera de los sistemas ahora más generalizados como pueden ser transferencias o bizum, si hay un error, éste se refleja de manera inmediata en la cuenta corriente del titular, y si se paga con tarjeta, pues dependiendo de lo que tenga pactado con su banco, se le carga en el momento o a final de mes.
Así que decir que no se enteró no parece adecuarse con las prácticas bancarias; es una disculpa muy floja que en todo caso determinaría un mal seguimiento de su cuenta corriente, lo que no es nada habitual, ya que todos vigilamos los movimientos que se producen en esas cuentas.

Evidentemente, si el pago no se realizó en tiempo y forma, en ese momento no era socia, así que no ha lugar a la correspondiente contraprestación que es el servicio que vosotras dais.

Finalmente dices que ahora ya es socia y que quiere auditar a esa asociación. La contestación inmediata es no. La Ley de Asociaciones (si es que estais constituidas con tal, ya que he visto que social.co es una SL) tiene unos sistemas propios para informar a los socios, que suele ser a través de las Asambleas. Lo que puede proponer esa socia a la Asamblea es que se contrate a una Auditora y que esta propuesta sea aprobada en Junta; por supuesto, previa inclusión de la propuesta en el orden del día.
En caso de que fueseis una S.L. el sistema es prácticamente igual.
Aquí habrá otro problema y es el coste de esas auditorías.

Pero en fin, la impresión es que la socia está muy enfadada y mi consejo es intentar apaciguar los ánimos y evitar abogados y auditores que, aunque sean mi gremio, mas vale tenerlos un poco lejos.

Este debate está cerrado y no admite más aportaciones

solucionesong.org
Un proyecto de