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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Díaz-Cardiel Muñoz

Utilidad Publica

22.01.19

Buenas tardes,

¿Que necesita una asociación de la Comunidad de Madrid para poder solicitar la utilidad pública?

Gracias por su atención.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Luis Barato Risoto

Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho

Trabaja en:

Asesor particular

22.01.19

En contestación a su consulta les recomiendo que se dirijan a la siguiente URL:
http://www.comunidad.madrid/servicios/asociaciones-fundaciones-colegios-profesionales/registro-asociaciones-comunidad-madrid
Atentamente

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#2

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

23.01.19

Estimada Ana,

Efectivamente necesitas presentar una serie de documentos y certificados. Muchos de ellos los puedes presentar telemáticamente.

De modo resumido estos son los 8 aspectos que deben quedar cubiertos en tu solicitud:

Declaración de utilidad pública
La solicitud de declaración pública deberá contener:

1// Escrito de solicitud
En el que deberán constar los datos de identificación de la entidad solicitante, C.I.F., Nº de Registro y fecha de inscripción. Deberá ir firmado por el presidente o persona autorizada por el órgano de la Asociación que ha acordado válidamente según estatutos solicitar dicha declaración.

2// Memoria de actividades
En la que se reflejen las actividades que haya desarrollado, ininterrumpidamente, como mínimo, durante los dos ejercicios económicos anuales precedentes a aquel en que se presenta la solicitud. Dicha memoria deberá ser firmada por los miembros de la junta directiva u órgano de representación de la entidad. La memoria de actividades deberá referirse a los extremos referidos en el apartado 4 del art. 2 del R.D. 1740/2003 de 19 de diciembre.

R.D. 1740/2003 artículo 2.4) La memoria de actividades deberá referirse pormenorizadamente a los siguientes extremos:
a) Número de socios personas físicas o jurídicas que integran la asociación.
b) Las actividades desarrolladas y los servicios prestados durante el tiempo a que se refiere la memoria, que no podrán estar restringidos exclusivamente a beneficiar a sus asociados, sino abiertos a cualquier otro posible beneficiario que reúna las condiciones y caracteres exigidos por la índole de los fines de la asociación.
c) Los resultados obtenidos con la realización de dichas actividades.
d) El grado o nivel de cumplimiento efectivo de los fines estatutarios.
e) Número de beneficiarios o usuarios de las actividades o servicios que presta la entidad, la clase y grado de atención que reciben y los requisitos o circunstancias que deben reunir para ostentar tal condición.
f) Los medios personales de que disponga la entidad, con expresión de la plantilla de personal.
g) Los medios materiales y recursos con los que cuenta la entidad, con especial referencia a las subvenciones públicas y su aplicación.
h) Retribuciones percibidas en los dos últimos años por los miembros del órgano de representación, ya sean por razón de su cargo o por la prestación de servicios diferentes a las funciones que les corresponden como tales miembros del órgano de representación, especificando la naturaleza laboral o mercantil de tales retribuciones, y los fondos con cargo a los cuales se han abonado éstas.
i) La organización de los distintos servicios, centros o funciones en que se diversifica la actividad de la asociación.

3// Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados
Comprensivas del balance de situación, la cuenta de resultados y la memoria económica.
Dichos documentos se presentarán firmados por los miembros de la junta directiva u órgano de representación. Se acompañarán de un certificado del secretario con visto bueno del presidente acreditativo de que han sido aprobadas por la Asamblea General de Asociados. Estas cuentas se formularán de acuerdo a lo dispuesto en el R.D. 1514/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y el R.D. 1515/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas empresas y por el R.D.1491/2011 de 24 de octubre, que regula las normas de adaptación del Plan General Contable a las entidades sin fines lucrativos, este Real Decreto 1491/2011 se aplica desde el 1 de enero de 2012.

4// Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
En la que conste que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y que no constan deudas con el Estado de naturaleza tributaria en período ejecutivo.

5// Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social
De hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.

6// Impuesto sobre Actividades Económicas
Copia compulsada, en su caso, del alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre Actividades Económicas

7// Certificación del órgano competente de la asociación
Certificación del acuerdo del órgano de la asociación que sea competente por el que se solicita la declaración de utilidad pública

8// Certificación de la composición de la Junta Directiva
Certificación de la composición de la Junta Directiva

Adjunto a esta respuesta el modelo normalizado para esta gestión.

Puedes ampliar la información directamente en este enlace (en el apartado Declaración de utilidad pública).

Esperando haberte ayudado, recibe un cordial saludo.

Atentamente,
Marc Masmiquel

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#3

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.19

Hola Ana,

mis compañeros te han dada la información completa.

De mi experiencia lo más difícil es tener una memoria de actividades completa y las cuentas anuales, ambas cosas de los dos últimos años por lo menos. Teniendo esto el resto del papeleo es simple.

Saludos,

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#4

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

27.01.19

Estimada Ana: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: conforme a lo establecido en la página web del Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid -http://www.madrid.org/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadervalue1=filename%3Dsoli.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1271633681856&ssbinary=true, la solicitud de declaración de utilidad pública, en el que deberán constar los datos de identificación de la entidad solicitante, C.I.F., Nº de Registro y fecha de inscripción. Deberá ir firmado por el presidente o persona autorizada por el órgano de la Asociación que ha acordado válidamente según estatutos solicitar dicha declaración, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
-Memoria de actividades, en la que se reflejen las actividades que haya desarrollado, ininterrumpidamente, como mínimo, durante los dos ejercicios económicos anuales precedentes a aquel en que se presenta la solicitud. Dicha memoria deberá ser firmada por los miembros de la junta directiva u órgano de representación de la entidad. La memoria de actividades deberá referirse a los extremos referidos en el apartado 4 del art. 2 del R.D. 1740/2003 de 19 de diciembre.La memoria de actividades deberá referirse pormenorizadamente a los siguientes extremos:
a) Número de socios personas físicas o jurídicas que integran la asociación.
b) Las actividades desarrolladas y los servicios prestados durante el tiempo a que se refiere la memoria, que no podrán estar restringidos exclusivamente a beneficiar a sus asociados, sino abiertos a cualquier otro posible beneficiario que reúna las condiciones y caracteres exigidos por la índole de los fines de la asociación.
c) Los resultados obtenidos con la realización de dichas actividades.
d) El grado o nivel de cumplimiento efectivo de los fines estatutarios.
e) Número de beneficiarios o usuarios de las actividades o servicios que presta la entidad, la clase y grado de atención que reciben y los requisitos o circunstancias que deben reunir para ostentar tal condición.
f) Los medios personales de que disponga la entidad, con expresión de la plantilla de personal.
g) Los medios materiales y recursos con los que cuenta la entidad, con especial referencia a las subvenciones públicas y su aplicación.
h) Retribuciones percibidas en los dos últimos años por los miembros del órgano de representación, ya sean por razón de su cargo o por la prestación de servicios diferentes a las funciones que les corresponden como tales miembros del órgano de representación, especificando la naturaleza laboral o mercantil de tales retribuciones, y los fondos con cargo a los cuales se han abonado éstas.
i) La organización de los distintos servicios, centros o funciones en que se diversifica la actividad de la asociación.
-Cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados, comprensivas del balance de situación, la cuenta de resultados y la memoria económica.
Dichos documentos se presentarán firmados por los miembros de la junta directiva u órgano de representación. Se acompañarán de un certificado del secretario con visto bueno del presidente acreditativo de que han sido aprobadas por la Asamblea General de Asociados. Estas cuentas se formularán de acuerdo a lo dispuesto en el R.D. 1514/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y el R.D. 1515/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas empresas y por el R.D.1491/2011 de 24 de octubre, que regula las normas de adaptación del Plan General Contable a las entidades sin fines lucrativos, este Real Decreto 1491/2011 se aplica desde el 1 de enero de 2012.
-Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la que conste que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y que no constan deudas con el Estado de naturaleza tributaria en período ejecutivo.
-Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
-Copia compulsada, en su caso, del alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas.
-Certificación del acuerdo del órgano de la asociación que sea competente por el que se solicita la declaración de utilidad pública.
-Certificación de la composición de la Junta directiva.
Al respecto, los requisitos aludidos deberán ser presentados ante el Registro de Asociaciones de la la Comunidad de Madrid, sito en C/ Gran Vía Nº6 planta baja, 28013 Madrid. Teléfono de contacto: 012- 917209171, Horario de Atención al Público: de Lunes a Viernes, de 9 a 12 horas, para, previos los trámites de rigor, elevar dicha solicitud y documentación anexa s.e.u.o, al Ministerio del Interior para la obtención, en su caso, de la declaración de utilidad pública por dicho departamento ministerial.
Por último, le remito en archivo adjunto, por si fuera de su interés, un documento elaborado por el Grupo de Legislación y Financiación del Consejo Estatal de Acción Social sobre la Declaración de Utilidad Pública.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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