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Consulta formulada por:
Tipos de contrato laboral para un trabajador a tiempo parcial
19.04.10
Me gustaría que alguien me indicara los posibles modelos de contrato de que dispone una ONG para fidelizar su relación laboral con un trabajador a tiempo parcial (contrato de trabajo con remuneración económica incluida).
No sé bien en qué se diferencia de un contrato laboral al uso (esto es, el que utiliza una empresa con ánimo de lucro).
También me gustaría conocer qué referencias legales amparan dicha contratación y dónde se pueden consultar.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
20.04.10
Hola
Los contratos laborales por cuenta ajena a tiempo parcial son los mismos que los que utilizamos a tiempo completo. Lo único que varia es que la persona trabaja menos horas en relación al convenio colectivo aplicable en la empresa o al nº de horas que realiza un trabajador que tenemos en la empresa y que realiza una jornada completa. Si por ejemplo el nº de horas semanales que realiza un trabajador a jornada completa en su empresa es 37.5 horas/semanales, todo lo que esté por debajo de esa jornada, es tiempo parcial. No hay unos topes.
Los contratos que puedes utilizar son los mismos El indefinido ordinario, el de obra, el eventual por circunstancias de la produccion, el de interinidad, prácticas…
Las vacacaciones que tendrán estos trabajadores serán los mismos que las de un trabajador a tiempo completo
Su salario va en proporción logicamente al nº de horas trabajadas al día, semana, mes o año.
Para retener a un trabajador que trabaje mediante esta modalidad contractual salvo, que le pueda interesar por motivos familiares, conciliación y demás, es complicada dada su baja remuneración y si además no trabaja todos los diás de la semana sino días sueltos a la hora de reconocerle las prestaciones de desempleo le va a computar por días y no por semanas.
Espero haberte aclarado los puntos principales.
Muchas gracias y un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Colaboradora de fiscalidad y RRHH
Trabaja en:
Asesor particular
20.04.10
En relación a las consulta realizada, añadir la página web donde puedes encontrar las características de los diferentes contratos de trabajo así como los modelos oficiales a utilizar:
https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/static/Redirect.do?page=ah0103
Aquí podrás ver las particularidades de cada uno de los contratos así como las posibles bonificaciones a las que podrías acogerte en función de las características personales del trabajador (edad, sexo..), que debe estar desempleado e inscrito en la oficina del SPEE (INEM) para poder acceder la empresa a ellas (además de cumplir los requisitos propios del contrato seleccionado)
Espero que te sirva
Saludos
Susana Martín
Opinión anónima
20.04.10
Buenos días:
Coincido con las acertadas opiniones de mis compañeros.
Sólo quería añadir un par de detalles:
- Pueden existir topes a la contratación a tiempo parcial (p.e. art. 22 del XII conv. col. de atención a personas con discapacidad establece que se podrá formalizar un contrato a tiempo parcial con quien relice menos del 90 % de la jornada de un trabajador a tiempo completo, es decir, si trabaja el 95 % de la jornada aunque sea inferior a un trabajador a tiempo completo se tendrá que formalizar un contrato a tiempo completo).
- Por otro lado, este tipo de contratos no se puede formalizar a tiempo parcial cuando se trata de la contratación de un trabajador fijo-discontinuo (aquel cuyo periodo de actividad se desarrolla en una parte del año, p.e. los socorristas de una piscina en una comunidad de vecinos), a no ser que el convenio colectivo lo permita y siempre que sea de ámbito sectorial (art. 15.8 del Estatuto de los Trabajadores).
Si indicas más detalles del/de los contrato/s que quieras formalizar, te podremos indicar mejor la modalidad contractual a emplear.
Todo ello, salvo mejor opinión.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.10
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.10
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.10