Consultas Online
Consulta formulada por:
Cómo hacer un contrato temporal
12.07.10
Hola Buenas tardes,
Me llamo María, soy la presidenta de una asociación denominada “Asociación Aragonesa para la Investigación y Promoción de un Desarrollo Sostenible”.
Tengo una duda sobre contratación de personal para la asociación:
Nunca hemos contratado a nadie, pero ahora estamos editando un libro sobre desarrollo sostenible en Aragón y el coordinador del libro nos pide que le hagamos un contrato para tres meses (de septiembre a noviembre).
No le vamos a pedir que se haga autónomo, así que será un contrato laboral, pero no se qué tengo que hacer ni qué tipo de contrato. Creo que un “Contrato temporal por obra y servicio determinado” pero no se qué pasos tengo que seguir.
¿Me podéis dar alguna indicación?.
Gracias,
Un saludo
María
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Colaboradora de fiscalidad y RRHH
Trabaja en:
Asesor particular
13.07.10
Buenos días, si nunca habéis contratado a nadie lo primero que teneis que hacer es solicitar un Código de Cuenta de Cotización (CCC), que os servirá también para futuras contrataciones, para ello necesitareis presentar en la Tesorería General de la Seguridad Social el modelo TA6.
El siguiente paso, que se puede hacer al mismo tiempo que la solicitud del CCC, sería solicitar el alta del trabajador en la Seguridad Social, para ello debeis utilizar el modelo TA2S, en él indicareis, entre otras cosas, el tipo de contrato a realizar (401 el contrato de obra y servicio a tiempo compleo y 501 a tiempo parcial).
Es importante destacar que el alta en la Seguridad Social (TA2) SIEMPRE debe presentarse ANTES del inicio del contrato.
Una vez dado de alta el trabajador en la Seguridad Social deberési proceder a formalizar el contrato de trabajo, debeis obtener 3 copias y llevarlo a sellar al SPEE (antiguo INEM) dentro de los 10 días siguientes a su inicio.
Los modelos de impresos podeis obtenerlos en la pagina web de la Seguridad Social y en la de Redtrabaja:
TA6: http://www.seg-social.es/Internet_1/Empresarios/Inscripcion/Servicios/Modelosdesolicitudd31193/ModeloTA6Solicitudd48532/index.htm
TA2S: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Servicios/Modelosdesolicitude31190/ModeloTA2SSolicitud39378/index.htm
Contrato: https://www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/contenidos/empleo_formacion.do?pagina=/Empleo/ah01030505.html
Espero que os sirva
Saludos
Susana
Excelente
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
13.07.10
Hola
Unicamente quería completar la consulta de Susana con respecto a la documentación que debéis adjuntar a la hora de solicitar el nº de cuenta de cotizacion
Ademas del TA6 necesitáis las escrituras de constitución de la Entidad debidamente registradas, fotocopia del DNI del representante de la misma y otra fotocopia del DNI del que firme la solicitud de la inscripción.
El documento de asociación y de la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal
Impuesto de Actividades Económicas
Cif de la empresa
Muchas gracias
Teresa Ferraz
Buena
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
14.07.10
Hola
Si los tramites os parecen complicados, mandarme un correo y os lo puedo tramitar, por un coste simbolico.
Saludos
Ramon
Respuesta del participante:
29.07.10
Muchísimas gracias, chicas!
Ya tengo todos los papeles rellenados y fotocopiados y mañana los llevaré a la administración que me corresponde.
Me habéis servido de gran ayuda!
Me ha surgido en el camino otra duda:
A la persona que queremos contratar es nuestro tesorero. Lo contratamos para que haga funciones de administrativo, nos haga una buena web y coordine la edición de un libro en el que estamos trabajando. Le queremos hacer un contrato por obra 401, para 5 o 6 meses porque lleva varios meses con mucha carga de trabajo y le queda otro medio año así. Creemos que es mucho pedir que lo haga como voluntario.
La pregunta concreta es:
¿Puede haber algún problema por contratar a nuestro propio tesorero?, por supuesto, es miembro de la Junta Directiva. En nuestros estatutos, pone explícitamente:
“Entre los miembros de la Junta Directiva, solamente el Tesorero podrá formar parte del personal contratado de la Asociación”
Os agradecería si me podéis resolver esta duda técnica, para quedarme tranquila.
Muchas gracias otra vez,
María
Respuesta del participante:
29.07.10
MUCHAS GRACIAS A TODOS POR LA AYUDA!
MUY CONCRETO Y MUY UTIL!