Consultas Online
Consulta formulada por:
Tenemos un par de dudas sobre cómo contabilizar unas subvenciones en nuestra ENL
15.01.13
Hola,
Estoy comprobando en el BOE el PGC para ENL aprobado a finales del 2011, las cuentas del Plan General, y me estoy dando cuenta que en los ingresos propios de la entidad tenemos la 720, 721, 722,723, y 728. Yo contabilizaba las subvenciones en la 725 (que ahora no aparece), y los donativos en la 726 (que tampoco aparece). ¿Se sigue contabilizando en estas cuentas, o se incluirían en la 728 (Ingresos por reintegro de ayudas y asignaciones?
Aprovecho también para hacer otra pregunta con respecto a las subvenciones, ya que yo contabilizaba al que me concede la subvención como deudor (440), pero lo correcto es contabilizarlo en la 4708 (HP deudora x subvº),¿Tendría que abrirle una subcuenta 4708 a cada Administración, entidad, que nos conceda la subvención?
Muchísimas gracias por adelantado por vuestras aportaciones.
Respuestas
Aportada por:
Auditora y censora jurada de cuentas
Trabaja en:
Asesor particular
17.01.13
Estimada Isabel Mª:
Por lo que dices, haces una contabilización más que correcta de las operaciones de vuestra ENL y no creo que tengas por que cambiarla. Los números específicos de cuentas contables son una propuesta para facilitar a la entidad la gestión de la contabilidad, pero mientras que la valoración y clasificación de las transacciones sea correcta, es indiferente el número exacto de la cuenta contable utilizada.
En cuanto a la cuenta 4708 a la que haces referencia, desconozco si en vuestro caso es de aplicación o no porque esta cuenta es específicamente para el caso de que la Hacienda Pública sea entidad colaboradora (tal y como lo establece al art. 12 de la Ley 38/2003 de Subvenciones) es decir, cuando actue en nombre y por cuenta del órgano concedente de la subvención a todos los efectos relacionados con la subvención y únicamente entregue y distribuya los fondos públicos a los beneficiarios.
Espero que mis comentarios te sean de utilidad.
Saludos cordiales,
Nuria Quevedo
Aportada por:
Economista - Asesor Fiscal
Trabaja en:
Asesor particular
17.01.13
Isabel:
En cuanto a las ayudas recibidas basicamente no han cambiado. Hay que utilizar:
720 (socios y afiliados), 721 (usuarios) y 723 (patrocinadores y colaboradores)
Las 725 y 726 eran para las subvenciones de capital transferidas al ejercicio. Ahora se utilizarán las 745, 746, 747 y 748.
Los deudores, en general se contabilizaran en las cuentas 44. 447 (usuarios) y 448 (socios y patrocinadores). Las 470 solo en el caso de que el deudor sea hacienda.
La contabilidad informatica nos permite identificar las cuentas con diferentes digitos. Siempre que nos interese conocerlos, lo logico será:
448001. Patrocinador 1 deudor
448002. Patrocinador 2 deudor
Y así sucesivamente, en funcion de los digitos que tenga tu prtograma de contabilidad.
Espero haberte ayudado y no liado mas.
En cualquier caso sigo estando a tu disposicion.
Un saludo
Jose Luis