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Consulta formulada por:
¿Tenemos que presentar los libros contables? ¿dónde?
28.05.12
Hola,
Somos una Confederación Nacional declarada de Utilidad Pública, nosotros hacemos la presentación ante el registro de asociaciones de las cuentas anuales, pero mi duda es si tenemos que presentar libros contables y donde.
Gracias,
Respuestas
Aportada por:
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30.05.12
Buenas tardes,
En relación a tu pregunta el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación establece que las asociaciones ( y se aplica igual a una confederacion )de utilidad pública deberán rendir las cuentas anuales del ejercicio anterior en el plazo de los seis meses siguientes a su finalización, y presentar una memoria descriptiva de las actividades realizadas durante el mismo ante el organismo encargado de verificar su constitución y de efectuar su inscripción en el Registro correspondiente, en el que quedarán depositadas.
Los libros contables como preguntas no hay que presentarlos en el registro , pero si al ser la asociación de utilidad publica debeis hacer llevar una contabilidad según las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad y Normas de Información Presupuestarias de Entidades Sin Fines Lucrativos.
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com