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Consulta formulada por:
¿Tenemos que presentar las cuentas si la fundación aún no estaba inscrita en el registro aunque sí constituida ante notario?
20.04.11
Nuestra fundación se constituyó ante notario en marzo de 2010, pero no se realizó la inscripción en el Protectorado hasta febrero de 2011.
En el año 2010 ha habido movimiento en la cuenta de la Fundación: se ha ingresado dinero de donaciones de algunas entidades, y se ha entregado dinero a otras.
Mi pregunta es: ¿tenemos que presentar las cuentas de 2010? Según tengo entendido, la obligación de presentarlas es sólo desde la inscripción, pero ¿es esto cierto incluso si ha habido movimiento contable en el ejercicio anterior?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesor económico financiero - www.auditoria-asesoria.com - fsainz@argoscontrol.com
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Asesor particular
20.05.11
A mi juicio, Desde su constitución la fundación, como cualquier otra entidad mercantil está obligada a llevar una contabilidad, y reflejar en ésta todas las operaciones habidas desde su constitución.
La Ley de fundaciones establece que: “El Presidente, o la persona que conforme a los Estatutos de la fundación, o al acuerdo adoptado por sus órganos de gobierno corresponda, formulará las cuentas anuales, que deberán ser aprobadas en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio por el Patronato de la fundación”
Por tanto, entiendo que la fundación debera presentar sus cuentas del año 2010 que abarcaran desde su constitución en marzo del 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010. En la memoria cabria explicar las circunstancias de no inscripción y las razones.
Francisca Sainz
Auditor de cuentas
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Tl 913441575