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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eduardo Lallana Garcia

¿Tenemos que presentar en el registro mercantil la memoria económica, cuentas anuales y libros contables?

23.12.11

Somos una ONG, asociacion de ambito nacional. ¿Tenemos que presentar en el Registro Mercantil la Memoria economica, las cuentas anuales y los libros contables?.

¿Todas las ONGS han de presentarlo en caso afirmativo? ¿Cuales si y cuales no?.

Agradezco la información.
Eduardo Lallana de Tierra sin males.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

23.12.11

Buenas trades, Eduardo:

Las asociaciones al constituirse no tienen que inscribirse en el Registro Mercantil. Deben inscribirse en el Registro de Asociaciones de su correspondiente Comunidad Autónoma (en vuestro caso Castilla y León) Si no existiera, entonces la Asociación deberá inscribirse en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior. Te adjunto folleto informativo del Registro Nacional de Asociaciones.

Generalmente, únicamente deben inscribir las cuentas anuales las asociaciones declaradas de utilidad pública. Las que no tienen esta consideración no deben inscribir las cuentas anuales.

Saludos

Fernando Pardo

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Aportada por:

Barbara Pascual Llorca

Analista contable, financiera y de estartegia desarrollo

Trabaja en:

Asesor particular

23.12.11

Hola Eduardo,

las obligaciones no tienen obligacion de depositar las cuentas en el registro. Deben inscribirse como dice el compañero en el registro de asociaciones de la comunidad autónoma de la que forman parte.

Sino es de utilidad publica no debe presentar memoria al registro de asociaciones o al protectorado ni la memoria a Hacienda.

Saludos y felices fiestas

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

26.12.11

Tal como indican los compañeros, las asociaciones no tienen que depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, salvo las declaradas de utilidad pública que las presentarán en el Registro de Asociaciones.

Por lo que respecta a los libros contables, sí se pueden presentar para su legalización en el Registro Mercantil pues el citado registro asume estas competencias, siendo conveniente hacerlos, pues es un trámite sencillo y económico.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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