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Consulta formulada por:
¿Tenemos que hacer algún convenio de colaboración con nuestros voluntarios?
02.11.11
Este año contamos con la ayuda de voluntarios que nos asisten en nuestras terapias. ¿Tenemos que realizar algún tipo de convenio de colaboración con ellos?.
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogada no ejerciente
Trabaja en:
Asesor particular
04.11.11
Hola Nuria,
la Ley 6/1996 es de aplicacion exclusivamente estatal y supraautonomica por lo que, en el supuesto de que la actividad fundacional no superara la Comunidad Autónoma de Madrid, sería de aplicación la normativa de voluntariado autonómica, remitiéndole a tal efecto a lo dispuesto por la Ley 3/1994 de Voluntariado social de la Comunidad de Madrid que en su Art. 11 habla de “ Compromisos de incorporación:
El acceso de los voluntarios a los programas desarrollados por las entidades se produce mediante un compromiso de incorporación, cuyo contenido mínimo será el siguiente:
1.El conjunto de derechos y deberes que corresponden a ambas partes, que en todo caso deberá respetar las prescripciones de esta Ley. 2.El contenido detallado de las funciones y actividades que se compromete a realizar el voluntario. 3.El proceso de preparación previo o coetáneo que, en su caso, se requiera para el desempeño de la labor encomendada. 4.La duración del compromiso y las causas y formas de desvinculación por ambas partes”. Ese compromiso de incorporacion, por los requisitos que prevé, tiene que realizarse de forma escrita. Salvo mejor opinión, espero haber aclarado la duda.Un saludo