Consultas Online
Consulta formulada por:
Caminantes de Estrellas Asociación
Tema legal para proyecto que requiere cruce de fronteras
28.04.21
Hola querido equipo asesor de SolucionesONG.
Somos una asociación sin ánimo de lucro recién constituida hace 2 meses. Empezaremos la actividad económica en breves (mediados de mayo) y realizaremos el primer proyecto de la asociación este verano, el cual consistirá en peregrinar por 3 rutas del Camino de Santiago durante 2 meses, grabando un documental y haciendo formación.
Preguntas:
- En caso de que siguieran las restricciones por el Covid, nos han dicho varios gobiernos que podríamos cruzar comunidades, si este es un proyecto laboral. ¿Qué necesitamos para que este proyecto se convierta en un proyecto laboral? Vamos a hacer varios contratos, a la persona que graba documental, editor, etc. ¿Eso es suficiente?
- Del mismo modo, queremos invitar a unas 10-15 personas a participar a los peregrinajes como un proceso formativo en el ámbito de la salud integral, yoga, meditación, arte y creatividad y medioambiente. Para que estas personas pudiesen venir sin problemas para cruzar fronteras, ¿qué necesitamos para avalar que es una formación presencial?
- También vamos a viajar la presidenta, secretaria y tesorera de la asociación como parte del equipo formativo y logístico del proyecto. ¿Necesitamos algún tipo de documentación para avalarlo?
Gracias y feliz día.
Respuestas
Aportada por:
Facilitadora en implantación de sistemas de calidad y elaboración de proyectos.Asesoría colaborativa y recursos formativos en www.conlaborsocial.com
Trabaja en:
Asesor particular
28.04.21
Buenas tardes, aunque no soy experta en procedimientos legales, sí que te puedo sugerir dos aspectos que seguro ya hayáis valorado pero que quizás os aporten alguna reflexión:
1- Tener el proyecto bien redactado con el presupuesto en el que se incluya el y dentro de él el gasto de personal, es ya un aval muy importante para cualquier requerimiento de la administración.
2- La propia asociación puede elaborar los famosos salvaconductos o autorizaciones para los trabajadores del proyecto, asalariados o no, así como hacíamos las empresas cuando teníamos que desplazarnos en plenas restricciones.
Sin embargo, si os sentís más seguros, y para hacer el trabajo con tranquilidad, quizás podéis consultar a la administración competente de vuestra comunidad, o estudiar bien el boletín oficial que os corresponda donde quizás haya alguna referencia a asociaciones.
No obstante a ver si algún compañero experto el legislación laboral os puede dar alguna respuesta más precisa.
Un saludo y suerte
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
28.04.21
Buenas tardes
Efectivamente tal y como dice la compañera del foro, Nieves, al cambiar de comunidad autónoma por motivos laborales no tendríais ningún problema siempre que podáis acreditar que esas personas tienen contrato laboral con la entidad.
Y con los salvoconductos o justificantes oportunos no tengáis problema de movilidad siempre que se trate de desplazamientos por motivos laborales. De todas formas hay que estar atento al 9 de mayo que finaliza el estado de alarma y ver si la normativa va a cambiar, como se va a regir las medidas ya que sin estado de alarma las medidas que atenten con los derechos y libertades fundamentales no pueden regularse sin un estado de alarma. No se que estará preparando el gobierno actual para este transito.
En cuanto a la formación que comentáis que vais a impartir, lo veo más dudoso. Me podrías dar más información sobre esta formación que queréis organizar? Esta formación la impartiríais en un recinto cerrado, al aire libre. Lo digo también por el tema del aforo y las correspondientes medidas de seguridad.
Saludos,
Teresa Ferraz
Respuesta del participante:
Caminantes de Estrellas Asociación
29.04.21
Gracias Nieves y gracias Teresa.
Ok, estaremos atentos a lo que va sucendiendo respecto a las normativas y regulaciones.
En cuanto a las formaciones, van a ser presenciales y online. Las presenciales van a hacerse mayoritariamente al aire libre, pues no habrá problemas de aforo. Las sesiones que hagamos en recinto cerrado va a ser con las correspondiente distancia, y demás medidas.
Lo que nos preguntábamos es como se acredita que es una formación, al ser no formal?
Gracias y feliz día!