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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carlos Garcia

¿Supone una falta grave para pasar una auditoria de la Administración tener la contabilidad al día pero que falten algunas facturas?

21.07.11

Hola,

Os quería hacer la siguiente consulta: deseamos solicitar que a nuestra asociación cultural se le otorgue la denominación de “utilidad pública”. Tengo entendido que esto puede conllevar que la Administración pueda auditar el estado económico de los 5 últimos años de la asociación. El caso es que sí hemos llevado una contabilidad rigurosa, cuentas anuales, etc., pero nos faltan algunas facturas relacionadas con la actividad (sobre todo de 2008). Mi cuestión es si esto supondría un grave problema en caso de auditoría de la Administración y demás, o vale con llevar la contabilidad actualizada.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

25.07.11

Creo que estáis confundiendo bastantes cosas; en primer lugar, nada establece el Real Decreto que regula los procedimientos relativos a la declaración de utilidad pública (RD 1740/2003, de 19 de diciembre) en relación con la posibilidad o exigencia de auditoria externa de los cinco últimos ejercicios en el supuesto de solicitud de declaración de utilidad pública; lo que sí comtempla el citado Real Decreto (punto 2 del artículo 2) es que a la solicitud de declaración de utilidad pública se acompañará, entre otra documentación, las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados, sin que de esta obligación de deduzca lógicamente la posibilidad o exigencia de auditoría de los “últimos 5 años”.

Por otro lado, la valoración de que os puedan faltar determinadas facturas en relación con vuestra actividad, dependerá de muchas circunstancas, por lo cual no podéis considerar de antemano que tales circunstancias puedan conllevar consecuencias graves o considerarse un problema grave.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

Carlos Garcia

28.07.11

Muchas gracias Juan. Efectivamente he mezclado algunas cosas, creo que es porque no me he explicado bien. Lo que quería decir es que una vez presentadas las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios y en el supuesto caso de que nos concedieran la “utilidad pública” puede darse el caso de que la administración revise, no sólo los dos últimos ejercicios, sino hasta los 5 anteriores. Por ello mi pregunta era que si el hecho de tener algunas lagunas contables dentro de esos 5 ejercicios, podría suponer que la denominación de utilidad pública corriera peligro de ser revocada. Por lo que me dices entiendo que sí.

Gracias de nuevo y saludos.

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#3

Respuesta del participante:

Carlos Garcia

06.08.11

solucionesong.org
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