Consultas Online
Consulta formulada por:
Sobre la contratación de dos personas para la gestión de un proyecto
11.06.10
Desde la asociación vamos a presentar un proyecto a una subvención.
La subvención sólo cubre gastos de personal contratado por lo que queremos contratar a una persona diplomada a jornada completa y a una persona coordinadora que velará por la buena marcha del proyecto, puesto que, además, es quien ha promovido la idea del mismo.
El caso es que esta persona quiere cobrar un sueldo anual “simbólico” en concepto de tareas de coordinación. Algo así como 1500/2000 euros anuales. Habíamos pensado que para eso es mejor no contratarla porque no hay horarios fijos y el sueldo no es sueldo. ¿Cómo podemos justificar esta cantidad?, ¿le damos un recibí?, ¿cómo justifica, además, esta persona, que coordina el proyecto si no tiene contrato laboral? y por último… ¿podríais orientarnos sobre qué salario podríamos pagar a la diplomada a jornada completa durante 12 meses?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Colaboradora de fiscalidad y RRHH
Trabaja en:
Asesor particular
14.06.10
Buenos días Marta,
te comento, si la subvención solicitada es para cubrir gastos de personal normalmente al final de la misma debereis presentar los justificantes de haber utilizado el importe de la subvención en pagar los correspondientes sueldos, esto es, tendreis que presentar las nóminas y seguros sociales correspondientes, o en su defecto, si la orden de la subvención lo permite, las facturas emitidas a profesionales…así que te aconsejo que estudieis bien la convocatoria de la subvención para evitar inconvenientes a posteriori.
En cuanto a la diplomada a jornada completa para saber cúanto habría que pagarle tendríamos que consultar el convenio colectivo que le fuese de aplicación para ver qué sueldo le corresponde según su categoría profesional, no habria problema en que le pagáseis por encima de salario determinado en el convenio, lo que no deberíais hacer en pagarle una cantidad inferior.
Si quieres pon el convenio que aplicáis habitualmente y lo vemos así como la subvención que quereis solicitar y lo vemos.
Saludos
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
14.06.10
Hola Marta,
Al respecto del primer caso bastaría con una factura de la persona física descontando el 15% de retención que posteriormente cruz roja ingresaría en hacienda. Como es colaboración puntual y el importe no es considerable no habría problema
Al respecto del segundo caso, me temo que Cruz Roja tiene convenio colectivo propio para los trabajadores, tal vez en el esten reflejadas las tablas salariales según titulación.
Saludos, Eva