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Consulta formulada por:
Sobre el convenio a firmar con nuestros voluntarios
11.03.10
Tenemos dos personas que de forma voluntaria realizan un taller semanal. Están cubiertas por un seguro de RC (responsabilidad civil) pero no hemos firmado un “convenio” con ellos y queremos realizarlo cuanto antes.
¿Podemos firmarlo poniéndole la fecha desde la que empezaron la actividad?
Gracias!!
Respuestas
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Aportada por:
Asesora voluntaria
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Asesor particular
12.03.10
Hola Alicia,
Si estan conformes las voluntarias en principio no debe haber ningún problema, por cierto, más que un convenió yo lo llamaría un "contrato" de colaboración, pero tampoco tiene mayor importancia.
Saludos, eva
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Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
12.03.10
Hola, Alicia,
en el convenio deben figurar los datos del voluntario, de la persona representante de la ONG, y detallarse qué hará, en qué días y horas, y durante qué periodo. Además, es bueno mencionar la ley a la que os acogéis (normalmente será la Ley de Voluntariado vigente en España, salvo que en vuestra comunidad exista una propia) y también incluir los derechos y deberes del voluntario. Todo esto, firmado por el voluntario y el miembro de la ONG.
Si quieres, te puedo enviar un modelo. Es conveniente que guardéis este documento y que el voluntario reciba una copia (o bien hacéis dos originales).
Además del seguro de RC deberíais hacer una póliza de accidentes que cubra a los voluntarios, también.
Un saludo cordial,
Montse de Paz
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Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
14.03.10
Hola Alicia: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: tal como te trasladan mis compañeros/as de portal, cuyos criterios comparto, el contrato de colaboración voluntaria, denominación más apropiada que convenio de colaboración con el personal voluntario de vuestra entidad, perfectamente puede retrotraerse, en cuanto al ámbito de sus actuaciones a la fecha de inicio de las actividades que comenzaron a efectuar en los talleres de mediación intercultural de AIM, en tanto en cuanto haya acuerdo de voluntades, entre AIM y dicho personal voluntario y que no exista un impedimento legal para dicha retroactividad favorable.
Un cordial saludo y mucho ánimo en vuestra labor social.
Rafael Pérez Castillo.
Aportada por:
Educador Social
Trabaja en:
Asesor particular
15.03.10
Hola Alicia:
Efectivamente tal como indican mis compañeros/as, el contrato de colaboración con el personal voluntario de vuestra entidad, si se podría realizar con la fecha de inicio de las actividades, siempre que haya acuerdo entre las partes y que no exista un impedimento legal.
Lo normal es que en ese convenio figuren los datos de la persona voluntaria, de la entidad, las taréas encomendadas, además de horario y periodo previsto de colaboración.
Saludos