Consultas Online
Consulta formulada por:
Situación con un voluntario que no ha cumplido su compromiso
07.07.10
Soy la presidenta de una asociación de niños, jóvenes y adultos hiperactivos y autistas y desde hace 6 años venimos realizando un campamento.
A todos los voluntarios cuando les hacemos el contrato le pagamos el bono transporte, pero este año nos ha sucedido que uno de estos voluntarios solo ha venido dos días, no ha llamado y tampoco contesta al teléfono. ¿Qué podemos hacer?Gracias de antemano.
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
07.07.10
Estimada Elena: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: del tenor de la consulta que nos planteas la entidad asociativa que presides, salvo error u omisión por mi parte, está radicada en Madrid y no está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior, siendo de aplicación, en primer lugar, el artículo de la Ley 3/1994, de 19 de mayo, del voluntariado social en la Comunidad de Madrid, el cual asegura que: “Los voluntarios sociales están obligados a:
a.Desarrollar su labor con la máxima diligencia en los términos del compromiso aceptado en su incorporación a la entidad o al programa y de las instrucciones que en el desarrollo del mismo puedan recibir.
b.Respetar los derechos de los beneficiarios del programa adecuando su actuación a los objetivos del mismo.
c.Guardar secreto análogo al profesional.
d.Participar en aquellas actividades de formación o de otro tipo que organice la entidad al objeto de capacitarles para un mejor desempeño de su tarea.
e.Rechazar cualquier tipo de contraprestación económica.
f.Participar en la programación y evaluación de los programas y actividades relacionados con su tarea.
g.Aceptar los objetivos y fines de la entidad con la que colabore y ser respetuoso con ella”.
Por su parte, también es extrapolable al supuesto en ciernes el artículo 11 de la Ley 3/1994, de 19 de mayo, del voluntariado social en la Comunidad de Madrid, a cuyo tenor: “El acceso de los voluntarios a los programas desarrollados por las Entidades se produce mediante un compromiso de incorporación, cuyo contenido mínimo será el siguiente:
a) El conjunto de derechos y deberes que corresponden a ambas partes, que en todo caso deberá respetar las prescripciones de esta Ley.
b) El contenido detallado de las funciones y actividades que se compromete a realizar el voluntario.
c) El proceso de preparación previo o coetáneo que, en su caso, se requiera para el desempeño de la labor encomendada.
d) La duración del compromiso y las causas y formas de desvinculación por ambas partes
En consecuencia, ante el incumplimiento de uno de los deberes del voluntario, en concreto, el establecido en el artículo 10.a) de la Ley 3/1994, de 19 de mayo, será el compromiso de incorporación de los voluntarios a la entidad que representa el que establezca las causas y forma de desvinculación de dicho voluntario de ANADAHATA.
Un cordial saludo y mucho ánimo en vuestra labor social.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
Aportada por:
Psicologo. http://www.iniciativa social.net
Trabaja en:
Plataforma de ONG de Acción Social
07.07.10
Helena, lo primero que debéis conocer es que sucedió. Debéis poneros en contacto con el.
¿Tiene algún problema personal? ¿Alguna enfermedad? ¿Algún imprevisto le impidió acudir? Si fuera alguna situación de estas, lógicamente tendréis que preocuparos por su problema y como podéis ayudarle, pero luego tenéis que hacerle ver la responsabilidad en la que incurre cuando se acepta un compromiso como voluntario, y que por lo tanto por muy grave que sea el problema debería haber avisado. Fundamentalmente por el servicio que se presta a los niños y adultos hiperactivos y autistas.
Si simplemente es una falta de responsabilidad y compromiso. Se le debe hacer ver lo importante que era su trabajo en la organización, las consecuencias que tiene para los usuarios su irresponsabilidad, y la confianza que la organización había depositado en el.
A partir de aquí se pueden tomar otro tipo de medidas como devolución del importe del abono transporte, apertura de expediente, sanciones, suspensión de su participación en la organización, pero ello estará en función de vuestra normativa interna, de los compromisos adquiridos en el contrato, etc.
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
09.07.10
Hola, Helena,
además de lo que te dicen mis compañeros, para evitar o prevenir que esto ocurra, es conveniente (a lo mejor ya lo hacéis):
- impartir una formación previa al voluntariado que vais a admitir en los campamentos, por lo menos tres o cuatro sesiones antes de comenzar
- firmar un convenio con cada voluntario, donde se establecen las condiciones de su prestación, días, horas, derechos y deberes
- designar un tutor o responsable de acompañar y hacer el seguimiento de los voluntarios
Por supuesto, lo primero es lo que te dice Pablo: intentad contactar con él como sea e interesaros por su situación. No es serio dejar de venir y no dar señales de vida, pero a veces ocurren imprevistos graves. En todo caso, visto lo sucedido, podéis rescindir el acuerdo que habéis firmado con él, si lo habéis hecho. Si no, explicadle con claridad y delicadeza que no podéis acogerlo como voluntario dadas las circunstancias y el cuidado con que hay que tratar a vuestros beneficiarios.
Y, si lo necesitáis, buscad otra persona que pueda sustituirle, claro.
Un saludo y que vayan muy bien los campamentos,
Montse de Paz
Opinión anónima
14.07.10
En el mundo del trabajo, no le sucedería nada a alguien que deja de acudir al puesto. Se le echaría, sería improcedente o procedente (el 70 por ciento improcedente) y ya está.
No veo por qué se persigue tanto la actuación de los voluntarios. Un bono transporte… Mucho tienen que cambiar las concepciones sobre el voluntariado en este y otros países. Especialmente en este, donde hacemos trabajar de gratis a muchas personas.