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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Joaquín Pérez Egido

Seguros de salud a trabajadores

31.05.23

Hola,
Queremos contratar unos seguros de salud a favor de los trabajadores y queríamos saber si el importe de los mismos tiene que ir reflejado en las nóminas como retribución en especie y cotizar a la Seguridad Social?
Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.23

Si las primas pagadas por trabajador no excede de 500 euros anuales o de 1500 euros anuales en caso de personas con discapacidad, estas están exentas de tributación tanto en IRPF como en SS.

De acuerdo a lo regulado en el art. 42.3 c de la LIRPF, estarán exentos los siguientes rendimientos del trabajo en especie:

«c) Las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad, cuando se cumplan los siguientes requisitos y límites:

1.º Que la cobertura de enfermedad alcance al propio trabajador, pudiendo también alcanzar a su cónyuge y descendientes.

2.º Que las primas o cuotas satisfechas no excedan de 500 euros anuales por cada una de las personas señaladas en el párrafo anterior o de 1.500 euros para cada una de ellas con discapacidad. El exceso sobre dicha cuantía constituirá retribución en especie.»

Además debe darse la clara situación de que el Tomador del Seguro (el obligado al pago) es la entidad y no el trabajador. Si este último fuera el mecanismo, se consideraría una retribución dineraria y no estaría exenta de acuerdo al artículo anteriormente citado.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.-

solucionesong.org
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