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Consulta formulada por:
¿Según la adaptación del PGC a ENL nos consideramos como entidad intermediaria si recibimos subvenciones de cooperación?
25.11.11
En la adaptacion del PGC de ENL, en la norma de valoracion de las subvenciones, se indica que en el caso de que la entidad perceptora actúe como intermediaria entre concedente y destinatarios se deberan registrar unicamente los movimientos de tesorería que se produzcan y no tendrá influencia en la cuenta de resultados.
En el caso de las subvenciones de cooperación en las que la entidad del “norte” que recibe el dinero es responsable de su correcto uso, pero que la contraparte es la responsable de justificar el dinero recibido con facturas a su nombre, ¿en este caso se entiende que la organizacion del “norte” actua como intermediaria, ya que no gestiona el dinero?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
20.05.12
Hola, yo entiendo que aunque los fondos vayan a la contraparte, es la ong española la obligada a justificar esos gastos (aunque las facturas vayan a nombre de la contraparte), y por lo tanto, no hace sólo de mera intermediaria.
Además, si hubiera algún requerimiento por parte del financiador, la obligada a cumplir con el requerimiento o los gastos que no estén bien justificados, es la ong española (con independencia que le exija responsabilidades a la contraparte local).
No sé si he respondido a tu pregunta.
Saludos