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Consulta formulada por:
Oliver Ignacio de la Rosa Delgado
¿Se puede hacer un contrato mercantil a un ciudadano no comunitario?
22.01.12
¿Se puede hacer un contrato mercantil a un ciudadano no comunitario? ¿En que condiciones?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
RRHH, RSC, Innovación Social, Estrategia y soluciones alternativas a problemas clásicos
Trabaja en:
Asesor particular
23.01.12
Vamos a ver…..el contrato establece la relación entre las partes, tanto si es laboral com mercantil, ambos tienen requisitos legales, es cierto que los mercantiles no son tan exigentes (la vinculació entre ambas partes es por una actividad concreta y se supone menor….), por este motivo, algunas ong se plantean este tipo de contrato para trabajar con no comunitarios por la dificultad de contratar laboralmente por su situación en el pais, pero…. quien realice la actividad para vosotros(y dependiendo de la misma) debe poder facturar (licencia fiscal) y estar de alta en el regimen de autónomos y por seguridad, debeis ser conscientes de que no puede ser catalogado como una relacion laboral, los riesgos no son solo con la autoridad laboral…..saludos
Respuesta del participante:
Oliver Ignacio de la Rosa Delgado
23.01.12
Santi, muchas gracias por contestar a mi pregunta. El asunto va de un puesto de agente comercial (contrato mercantil de agencia) para realizar captaciones. El contrato que más se adapta a lo que buscamos (en mi humilde opinión) es ese, ya que la idea es pagar una comisión por captación.
No entiendo la parte de que “por seguridad no puede ser catalogado como una relación laboral” Se supone que es una relación mercantil ¿No? También me gustaría que me explicaras, eso de “los riesgos”, ya que es mejor prevenir que curar. Muchas gracias.
Aportada por:
RRHH, RSC, Innovación Social, Estrategia y soluciones alternativas a problemas clásicos
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Asesor particular
25.01.12
Oliver, depende de algunos factores:
1 A quien contratas con el mercantil debe ser complemtamente independiente para organizar su trabajo en cuanto a horario, metodo y medios para realizar el trabajo como crea conveniente, es como si contrataras a una empresa (o agencia)...
2 Por seguridad, no debes ser su único cliente, si tu eres el núcleo único e su actividad, parece una relación laboral…
3 Debes asegurarte que las persoas que contratas, están dados de alta en regimen de autónomos y cumle los requisitos legales para poder trabajar y facturarte por sus servicios (copia de documentos…).
Si esto no se cumple, un agente descontento puede acudir a un sindicato, demandarte o requerir a la inspección y puede ser catalogado como relación laboral por inspección de trabajo o juzgado de lo social y te obligarían a asumir todo (cotización, indemnizaciones, multa…)además de que te pedirian todo lo relacionado con el ámbito laboral de tu organización.
Salvo que lo tengas muy claro, yo no me marearía…. contrato laboral de obra y servicio y estableces los criterios y fórmulas de retribución, es más caro pero menos arriesgado.
Respuesta del participante:
Oliver Ignacio de la Rosa Delgado
26.01.12
Muchas gracias Santi, lo estuve comentando en la asociación, menos mal que nos has avisado.
Estuve pensando en lo del contrato de obra o servicio ¿Crees que se podría establecer un salario basado en comisiones? La idea es dar flexibilidad en la jornada laboral para conciliar la vida familiar y laboral, se asignaría a los comerciales una zona y pueden trabajarla “a su ritmo” claro que cuanto más capten mayores ingresos reciben (incentivo). No se como calcular el tema de la seguridad social en esto.