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Consulta formulada por:
Pilar Caballero Sanchez de Puerta
¿Se puede considerar la fianza del alquiler de una oficina en la cuenta de Pérdidas y Ganancias?
04.08.10
Hola buenos días,
En octubre 2009 hemos alquilado una oficina, entregando una fianza de 800 €. El contrato de alquiler es de un año, renovable tácitamente de año en año, a menos que una de las partes no lo comunique por escrito (es decir, no hay fecha de vencimiento del contrato).
En la composición del Balance 2009, hemos incluido la fianza pagada como un coste, en la cuenta de Pérdidas y Ganancias: es decir, el importe de la fianza se ha incluido entre los gastos, como gasto de alquiler de oficina, junto con las mensualidades pagadas. ¿Es eso correcto?
Y, de ser correcto, el día en que termine la relación con el arrendador, ¿cómo vamos a considerar la fianza en la cuenta PyG de ese año?
Muchas gracias y un saludo
Respuestas
Opinión anónima
05.08.10
Estimada Pilar,
Una fianza no es un gasto del ejercicio, no forma parte del coste del alquiler, es una activo, en el sentido que responde a la definición de hechos del pasado que generarán flujos de efectivo a tu favor en el futuro. Concretamente se trata de un instrumento financiero.
Si os hubieseis comprometido por más de un año deberías tener en cuenta el valor razonable del a finaza mediante el método de coste amortizado, y llevarte la diferencia entre el valor a coste amortizado y la cantidad pagada como una carga financiera mes a mes, mientras durase el periodo mínimo, pero al ser el periodo mínimo exigido de un año, no es necesario que realices esta operación.
Por tanto debes registrarlo como un activo, a la hora de elegir la cuenta, es importante la intención de la fundación, es decir si vuestra intención es cambiaros dentro de un año, el activo se realizara efectivo en un año y por tanto sería una fianza a corto plazo, pero si vuestra intención es permanecer más de un año, que entiendo que es lo razonable, entonces debeis clasificarla como fianza a largo plazo en una cuenta 260.
Es decir cuando pagais la fianza:
260 a 572
Cuando decidais cambiaros en menos de un año:
560 a 260
Cuando la cobreis en efectivo:
572 a 560
Espero haberte ayudado.
Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.
Opinión anónima
05.08.10
Hola Pilar,
Coincido con Ignacio. Una fianza no es un gasto, debe reflejarse como un Activo en el Balance.
Gracias
Salvador
Respuesta del participante:
Pilar Caballero Sanchez de Puerta
06.08.10
Muchas gracias a los dos, ahora lo tengo claro.
Muchos saludos
Respuesta del participante:
Pilar Caballero Sanchez de Puerta
06.08.10
Muchas gracias, todo muy claro