Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

ignacio mezquida sanchez

¿Se debe contabilizar esta subvención privada de la misma manera que una oficial?

03.03.15

Hola,

En el ejercicio 2014 hemos recibido una subvención/donativo por parte de la Fundación La Caixa, como entidad colaboradora para proyectos de cooperación Internacional y la pregunta es: ¿Se debe contabilizar de la misma forma que se haría para una subvención oficial (asiento cuando se concede, cuando se cobra, cuando se justifica, cuando se envía el dinero y cuando se traspasa a resultados)? Y en tal caso, ¿qué cuentas contables deberían usarse?

Gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

04.03.15

Sí. Les debéis dar el mismo tratamiento.

Si es para un fin o proyecto determinado la iréis imputando a resultados en la medida en que vayáis gastando el dinero.

Te aclaro que es subvención si y solo si la concede una administración pública.

Las cuentas funcionan igual que como en subvenciones.

Cuentas a utilizar: 131/1321, según de capital o no; cuentas 1721 y 522 para el caso de reintegrables a l/p y c/p respectivamente; 448 en la concesión por el importe a cobrar; y 740 y 746 en la imputación a resultados.
Os recomiendo a todos y a todas el estudio de la Norma de Registro y Valoración 20ª del Plan de Contabilidad de las Entidades Sin Fines Lucrativos

Saludos,

Juande

solucionesong.org
Un proyecto de