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Consulta formulada por:
Retención IRPF personal expatriado
11.01.19
Hola, buenos días:
Tengo una duda sobre la retención de IRPF a nuestro personal expatriado que vive en nuestros países de intervención.
Se supone que sólo están obligados a pagar el 2% de IRPF, o eso tengo entendido, l@s expatriad@s nos han pedido que la ONGD reduzca la retención ya en la nómina, pero consultamos a Hacienda y que nos comunicó que los pasos son 1) Que cada trabajador/a presente el modelo 210 a Hacienda indicando el período que están fuera de España para que se les considere no residentes en España y tras este paso (2) La ONGD ya les puede retener menos.
¿Esto es así? ¿Hay alguna manera de que la ONGD haga el trámite y no sea cada trabajador el que haga el trámite?
Muchas gracias!
Respuestas
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
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Asesor particular
17.12.19
Así es y será el mismo interesado que presente la declaración y no la ONG.