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Consulta formulada por:
Renovación de estatutos
02.05.24
Hola,
Se ha decidido hacer una renovación/ o ampliación de Estatutos de una Asociacion de adictos rehabilitados, y queremos introducir la figura del monitor de grupo con sus obligaciones y derechos, así mismo darle capacidad legal al reglamento interno de la Asociacion, introducir en los mismos al grupo de técnicos (medico, Psicóloga y trabajadora social, pero sobre todo la figura del Presidente de la Asociacion, no pudiendo presentarse a la presidencia si ha estado desvinculado de la misma por un periodo de tiempo superior a tres años. Se adjuntan los estatutos vigentes (se los adjunto en word, por si quieren.
Gracias
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Respuestas
Aportada por:
Consultora social en Todo en Común
Trabaja en:
Asesor particular
03.05.24
Buenos días,
Si necesitáis que os echemos una mano en la renovación de estatutos, desde Todo en Común, podemos acompañaros en el proceso y tramitarlos.
Os dejamos nuestros datos por si podemos ayudaros:
611 559 519
info@todoencomun.es
https://todoencomun.es/
Aportada por:
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
11.05.24
No has especificado exactamente cómo funcionará el monitor de grupo. Meterlo como socio es problematico porque los monitores pueden dejar de trabajar con la Asociación.
Si quereis vincular al Monitor con la Asociación, podeis hacerlo a través de un acuerdo de la Asamblea general en el que determineis sus obligaciones y derechos.
O también podeis definir su estatuto a traves del Reglamento interno de la Asociación que parece estais preparando.
A través de ese Reglamento podeis hacer todo lo que se os ocurra, que no vaya contra la Ley de Asociaciones, por supuesto.
Normalmente el Reglamento de Régimen Interior se incorpora a la normativa de la Asociación a través de un articulo en os Estatutos que más o menos diga: “La Asociación contará con un Reglamento de Régimen Interior, que será aprobado por mayoría por la Asamblea General, pudiéndose modificar del mismo modo por ese mismo órgano asambleario”
Respecto a las condiciones para ser Presidente, pues lo mismo, modificáis los Estatutos en el sentido que os parezca mejor.
Me ha llamado la atención que en los Estatutos establecéis el importe máximo del presupuesto. Mi consejo es que retiréis esa cifra de ahí, porque, por un lado no se pone nunca en los Estatutos y, por otro lado, es competencia de la Asamblea General el establecer el nivel de gasto que va a tener la Asociación.
Hay que considerar que el Estatuto tiende a no ser modificado, por lo que si en algún momento, o en otros años, se superase ese límite habría que volver a
iniciar el trámite de modificación estatutaria, que no es cómodo de hacer.