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¿Quién firma? ¿El Secretario saliente o el entrante?
04.11.24
Buenos días,
tengo una duda que a ver si me podéis ayudar:
En una misma Asamblea General se han modificado algunos artículos de los Estatutos, se ha acordado solicitar la Declaración de Utilidad Pública y se han modificado algunos cargos de la Junta Directiva, entre ellos el de Secretario. Todos estos cambios suponen la elaboración de actas y certificados por parte del Secretario. Mi pregunta es la siguiente:
¿Qué secretario ha de elaborar y firmar dichos documentos, el saliente o el entrante?
Muchas gracias por adelantado.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
04.11.24
Una vez acordada la renovación de la junta directiva, con la aceptación de cargos por parte de los entrantes, los acuerdos de esa asamblea deberán certificarse por el secretario entrante.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
Trabaja en:
Asesor particular
04.11.24
En el contexto de la normativa española y europea, la elaboración y firma de los documentos tras una Asamblea General en la que se han producido cambios en los cargos de la Junta Directiva, incluyendo el de Secretario, debe ser realizada por el nuevo Secretario entrante.
Esto se debe a que, una vez que los cambios han sido aprobados y registrados en el acta de la Asamblea, el nuevo Secretario asume oficialmente sus funciones y responsabilidades.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establecen que los actos administrativos deben ser realizados por los funcionarios en ejercicio de sus cargos.
Además, el Reglamento (UE) Nº 910/2014 sobre identificación electrónica y servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS) también apoya esta práctica, asegurando que los documentos firmados electrónicamente por el nuevo Secretario sean válidos y reconocidos legalmente.
Respuesta del participante:
04.11.24
Hola de nuevo,
Me queda claro.
Muchas gracias por vuestra rapidez en la respuesta.
Saludos.
Aportada por:
Fundación Gestión y Participación Social
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Asesor particular
14.11.24
De acuerdo con las aportaciones de mis compañeros pero, dada la libertad de autoorganización de las asociaciones, sólo como hipótesis, también será posible que los estatutos de una entidad dictasen, por ejemplo, que los cargos entrantes comienzan a ejercer su cargo tras aceptarlo en la primera reunión de junta directiva.
No digo que esto tenga sentido. Simplemente que, faltando cualquier otra indicación en los estatutos, los cargos se asumen en el momento de la votación (si están presentes), pero si los estatutos contienen otra disposición, al ser una cuestión de régimen interno, entiendo que se aplicaría lo que dijeran los estatutos. Así que toca revisar los estatutos, por si acaso.
Un saludo
César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org
Respuesta del participante:
19.11.24
Hola,
todas las respuestas han sido adecuadas, rápidas y han resuelto mi duda.
Muchas gracias.