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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Carlos Jiménez

¿Quién debe firmar las nóminas de la entidad?

12.01.10

Queremos saber si es obligatorio que la firma de las nóminas por parte de la entidad sea hecha por su representante legal o si, por ejemplo, puede hacerlo la persona responsable de la administración.


Muchas gracias por vuestra contestación.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

13.01.10

Hola Juan Carlos;


Yo estuve 10 años firmando nóminas como responsable de administración y no hubo ningún problema, es más, creo que lo consulte y es lo que me dijeron.


Saludos, Eva

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#2

Muy buena

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

13.01.10

Legalmente todos los documentos de una entidad los tiene que firmar el represente legal  de la entidad . Otra cosa es que a la practica no se haga, por ejemplo en las Nominas, o que las firme cualquier otro empleado. Pero si no tiene "poderes" para hacerlo, no sirve de nada a nivel legal. .


Por lo tanto  lo correcto es que las firme el empresario  o su representante (o el repreenante de la entidad / associación en este caso concreto que preguntais) y también tiene que firmarlas el trabajador.


Imaginate en una empresa multinacional, con 1.000. 5.000, o 50.000 , si tuvieran que firmar las nominas una a una (ya sea el repreentante legal, o cualquier otro empelados adminsitrativo) , no acabarian en todo el mes de firmar…


Por lo tanto, en la practica ya vereis…


 


.



 


 


 

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#3

Muy buena

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

13.01.10

Juan Carlos,


 en principio firma las nóminas el representante legal, que puede ser el presidente, el secretario u otra persona apoderada, y que es la que consta en el contrato laboral de los trabajadores, como representante de la empresa. Y también el trabajador, claro. Y se pone el sello de la organización.


Saludos,


Montse de Paz

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#4

Suficiente

Aportada por:

Natalia Gil de Fainschtein

Directora de Excellere (consultora educativa sin fines de lucro) - http://excellereconsultoraeducativa.ning.com

Trabaja en:

Asesor particular

14.01.10

Estimado Juan Carlos: como te dicen mis colegas esa documentación lleva la firma del representante legal. En Argentina se permite una firma que sale impresa en algunas documentaciones y si va acompañada del sello de la institución y de la persona tiene validez. Si el caso en tu organización es la cantidad de documentos a firmar puedes consultar si eso allí es legal.

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