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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carmen Flores Rodríguez

¿Qué vacaciones corresponden a una trabajadora que ha estado 9 meses de baja por enfermedad?

20.01.10

En mi organización ha habido una persona con contrato indefinido que ha tenido una baja desde abril de 2009 hasta el 21 de enero de este año. Mi pregunta es ¿cuántos días de vacaciones le pertenecen teniendo en cuenta el tiempo de baja y que su incorporación será en enero de este año?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Suficiente

Aportada por:

Jose Ramon Esteban Salinas

Coach/Consultor de RRHH

Trabaja en:

Asesor particular

21.01.10

Salvo que el Convenio Colectivo o vuestra normativa interna, especifique que el periodo de devengo y de disfrute de las vacaciones, es distinto al año natural, esta persona ha perdido sus vacaciones del año pasado. 


Este año le corresponden todas sus vacaciones como si hubiera estado de alta. 

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#2

Suficiente

Aportada por:

Ivan Rodriguez Garcia

Colaborador RRHH / voluntariado

Trabaja en:

Asesor particular

23.01.10

Recientemente el Tribunal de Justicia de las Comunidades europeas, y pocos meses atras el Tribunal Supremo español dieron interpretación a una Directiva Europea sobre el derecho al disfrute de las vacaciones.


Si un trabajador ha pactado su vacaciones anuales y como consecuencia de un periodo de incapacidad temporal (ya sea Accidente de trabajo, enfermedad común, maternidad, riesgo por embarazo…) no ha podido disfrutarlas, tiene derecho a disfrutarlas con posterioridad al proceso de incapacidad. Es decir si ANTES (siempre antes, no durante) de las vacaciones te pones malo o te pasa algo y coincide parte de la IT con parte de tus vacaciones, puedes disfrutar el periodo vacacional en fecha distinta, al entenderse que ha sido por causas ajenas a tu voluntad.


Con esto pierde fuerza el argumento de que ha perdido vacaciones por terminar el año ya que los casos expuestos antes los tribunales han salido en favor del trabajador en todos los casos; podeis no concederle las vacaciones argumentando el fin del año, pero correis el riesgo que el trabajador reclame en virtud de esta nueva doctrina. La estrategia es importante, reflexionar la decision y las consecuencias antes de actuar.


Si necesitais alguna puntualizacion sobre el tema, no dudeis en contactar conmigo.


Un saludo


Iván Rodríguez  


ivanrodig@yahoo.es

solucionesong.org
Un proyecto de