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Consulta formulada por:
¿Qué tipo de contrato, que costes y obligaciones requiere que un particular contrate a una empleada de hogar?
31.01.07
Les escribo desde una entidad en Cádiz que trabaja con personas en riesgo de exclusión. Actualmente, se nos plantea la posibilidad de que una de nuestras destinatarias sea contratada como empleada del hogar, pero la persona contratante nos pregunta sobre que tipo de contrato, costes sociales, obligaciones mensuales en cuanto a trámites, etc..
¿Podrían orientarnos un poco? ¿Que formato de contrato se ha de hacer efectivo? ¿Donde podríamos encontrar algún modelo? ¿Que costes sociales se repercuten tanto al contratante como al trabajador? ¿Esta persona contratante debe presentar los TC mensualmente o existe algún otro documento? ¿Que epígrafes y porcentajes se aplican o donde podemos encontrar esta información?
Muchas gracias por vuestra ayuda
Respuestas
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
31.01.07
Hola: Podeis consultar directamente a la Tesoreria General de la Seguridad Social, telefono 901-50-20-50 donde os informaran sobre las cotizaciones a la seguridad social del Regimen Especial de Empleados de Hogar (costes, requisitos, forma de pago, la parte de cotizacion que paga la contratante y la parte que debe pagar la empleada, etc etc
El tipo de contrato a formalizar, estaria en funcion de si es indefinido, a tiempo completo, parcial, etc
Saludos
Opinión anónima
31.01.07
Hola!
El tema de las empleadas del hogar, depende de si va a trabajar sólo en una casa, entonces sería a tiempo completo, y los cupones de autonomos de la empleada los tendria que pagar la persona que lo contrata. Se pagan a mes vencido. Si va a trabajar en varias casa, sería a discontinuo y los cupones de autonomos los paga la trabajadora. No hay que hacer contrato de trabajo. Hay que ir a la seguridad social, y rellenar el documento, o discontinuo o fijo. El sueldo, las vacaciones y demas se negocian entre ambos. Luego tener mucho cuidado con el tema de las bajas por enfermedad, ya que tiene que estar de baja 28 dias seguidos( en el caso de trabajador fijo, es decir, que trabaje en una sola casa) y si esta esos 28 dias de baja, tienes que darle de baja en fijo y pasarla a discontinuo mientras este de baja. No obstante también te recomiendo que llames al teléfono de la Seguridad Social 901 50 20 50. En ppio el único coste que tiene es el cupón de autonomo, y como te he comentado antes, la empleadora, sólo deberá pagarle el cupón de autonomo en el caso de que trabaje sólo es su casa. También tienes que tener en cuenta que tienes que solicitar un código de cuenta cotización para darle de alta.
Espero que te sirva de algo
Un saludo
Nuria