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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Josune Bejarano Villanueva

¿Qué retención del IRPF debemos aplicar a una persona con un contrato eventual por una baja de maternidad?

09.08.07

Una de nuestras compañeras está disfrutando del descanso maternal y hemos cogido a otra persona para cubrir su baja maternal durante 4 meses.

Tenemos la duda de cuál es la retención del IRPF que le debemos aplicar, ¿multiplicamos su salario bruto por cuatro meses y decidimos la retención en función del total de esta multiplicación o multiplicamos su salario bruto por 1 año y calculamos en la tabla el porcentaje? Aplicando la primera opción, nos sale una retención del 0%, pero hemos oído que hay que retener un mínimo de un 2% para los contratos oficiales, ¿podéis ayudarnos?

¡¡Muchas gracias!!

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

09.08.07

Hola. Desde Argentina puedo comentarles, que aqui la cuestion depende del tipo de relacion - vinculante directa o contratada como profesional externa- de la profesional/trabajadora.
Si existe relacion de dependencia, les sugiero que para no cometer errores lo aborden con el contador y el abogado de la institucion, que por sus discipplinas profesionales son quienes les diran con absoluta precision, cuál es la reglacmentación, la legislacion de tu país al respecto.
En sintesis, puedo aportarte solamente, que estimo que el punto está en tratar el tema con los especialistas en la cuestion: el abogado y el contador de la institución.
Gracias y Suerte!
María Luján Martínez Chao de Otta
Comunicacion para empresas e instituciones
(Actividad/asesoramiento unipersonal)
ADN Comunicación Interna
(Grupo de trabajo interdisciplinario- Consultora)
www.adncomunicacion.com.ar
infoadn@arnet.com.ar
mlujanmch@gmail.com

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#2

Opinión anónima

09.08.07

Efectivamente, la ley de IRPF establece la obligación de aplicar la retención mínima del 2% a los contratos temporales de duración inferior a un año, por lo que debes retener el 2%.

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#3

Opinión anónima

12.08.07

Depende de lo que cobre, debes hacer una estimación de lo que va a ganar durante el año entero, en este caso, durante esos 4 meses, pues si tiene un salario muy alto puede salirle más retención del 2%. En cualquier caso, como han apuntado ya, el mínimo en contratos inferiores a un año es del 2%.
Un saludo.

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