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Consulta formulada por:
¿Qué opciones tenemos para liquidar la cuenta 553 con saldo acreedor?
10.09.07
Durante los primeros cuatro años de actividad de la asociación, no existió ningún gestor de temas administrativos, contables ni fiscales y estos se tramitaron por personas inexpertas en estos temas. Como consecuencia de ello, existe en el pasivo de la empresa, la cuenta 553 con saldo acreedor, que se creó (según comentan los asesores acutales) por la diferencia de saldos que existía en el balance de la entidad cuando ellos se hicieron cargo.
Nos gustaría saber qué opciones tenemos para liquidar esta cuenta de pasivo. Sabemos que una de estas opciones sería considerar dicho importe como beneficio extraordinadrio de ejercicios anteriores, pero esto supondría una imposición fiscal del 30% sobre dichos ingresos que no podemos asumir. ¿Hay alguna otra opción?
Muchas gracias.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
11.09.07
Estimado Alvaro, por lo que describes, entiendo que no hay otra opción, maxime cuando esos saldos vienen provocados por diferencias positivas de ejercicios anteriores, los cuales en lugar de haberlos dado como beneficio se contabilizaron en la citada cuenta. Tal vez algún compañero con mas experiencia fiscalista te pueda dar otra opción, pero yo no la veo.
Un saludo,
Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com
Muy buena
Aportada por:
Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
Trabaja en:
Asesor particular
12.09.07
Saludos:
Hombre como bien comentan al tener saldo acreedor no hay otra opción que llevarlas a ingresos extraordinarios.Ahora bien: ¿Motivo?. Pues no sé si tienen algún motivo para liquidar la cuenta. En cualquier caso, yo la cambiaria de cuenta, llevándola a una 555 que creo que es más apropiada que la 553. Posteriormente una de dos opciones o mediante un plan financiero se trasladan a resultados anualmente o bien esperan a tener pérdidas y entonces regularizan el saldo.
Opinión anónima
15.09.07
Estimado Álvaro:
Parece que esa cuenta se creó para registrar los saldos positivos de los distintos ejercicios por lo que en principio se trataría de “beneficios” y habría que llevarla a ingresos extraordinarios.
Entiendo que la solución que propone Manuel es temporal en la medida en que la cuenta 555 tiene un carácter supletorio señalando el plan que las remesas abonadas tan sólo permanecerán resgistradas en ella el tiempo estrictamente necesario para aclarar su causa.
Un cordial saludo.
Las respuestas de los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.