Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Miriam Morilla Pérez

¿Qué ocurre con el personal de una residencia que adquiriremos para gestionarla?

01.09.08

En el proceso de la compra-venta de una residencia que pertenece a una SL, nuestra fundación la adquirirá para gestionarla. ¿Tenemos la obligación de acoger los RRHH por parte de la fundación? Si se les da a algunos el finiquito ¿quién debería de pagar?

Si transcurrido un tiempo trabajando con cargo para la fundación se les tuviese que despedir, ¿cómo se computaría el tiempo trabajado y el finiquito?

Gracias de antemano.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Maria Molero

20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.

Trabaja en:

Asesor particular

03.09.08

Bueno, en primer lugar estimo que estas preguntas y sus respuestas deberían formar parte del acuerdo de compraventa. De igual modo los costes que esto acarreara. Serían aspectos negociables.

Por otra parte, depende en primer lugar de las condiciones de la empresa que compran. Si está en crisis, y ello puede requerir una reducción de plantilla, estimo que podrían estudiar un expediente de regulación de empleo. En estos casos, se negocia con la administración una parte del coste de los Finiquitos (Fogasa). Esto está condicionado a que efectivamente exista un Plan de viabilidad, y no un simple enjugar pérdidas, que como digo serían negociables dentro del precio de compra.

La tercera opción, que puede ser compatible con las anteriores es fijar una opción con diversas salidas y negociarla con los trabajadores o sus representantes. De entrada se me ocurre que vinculando esta opción a un Plan de viabilidad, puede haber una fase intermedia de “evaluación o período de prueba” con los trabajadores existentes, recalificaciones laborales, negociación de tiempos parciales- en su caso- negociación de jubilaciones anticipadas, en su caso.

Los derechos de los trabajadores son acumulativos si siguen trabajando, las condiciones laborales tienen una base regulada convenio colectivo y otra negociable, y los despidos tienen que atenerse al total del período trabajado.

avatar
#2

Opinión anónima

16.10.08

a las preguntas que hace, existen dos niveles. No tienen obligación hacerse cargo del personal de la Fundación. Si en dicha Residencia existiera una empresa que tenga suscrita contratos de subrogación tendria el personal no sanitario y sanitario preferencia, si este caso no se da. Ud puede contratar personal funcionario y no funcionario de las Oficinas de Empleo, con una oferta generica.Si lo hecharan y ud no se hacen cargo del personal de la Fundación, el finiquito y los ceses de los contratos serían por cuenta de la Fundación y no de Ud como nuevos compradores. Espero resuelva esto su consulta.
Aseror Técnico de Orientación Laboral y
Ong- RR.HH,
Jose Manuel Olmedo Areal de Alvarez
jprensachema@gmail.com

solucionesong.org
Un proyecto de