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¿Qué implicaciones tiene llevar el excedente de nuestra fundación a dotación o a reservas?
07.12.17
Hola:
Somos una fundación y durante varios años he estado dejando el excedente de los ejercicios en la cuenta remanente. En los Estatutos de la fundación se establece que el excedente será llevado a incrementar la dotación o a reservas según decida el patronato.
¿Qué implicaciones tiene el llevarlo a uno o a otro lugar?
Entiendo que la cuenta sería la 100 o 101 para dotación fundacional o Fondo Social.
Y la cuenta de reservas, ¿cuál sería? ¿Reservas estatutarias o reservas voluntarias?
Gracias por vuestro servicio.
Respuestas
Aportada por:
Contable. Asesoramiento Contable, Fiscal y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
11.12.17
Buenos días Ismael.
En mi opinión en una ONG, al no haber posibilidad de reparto del excedente del ejercicio (a diferencia de las sociedades), es indiferente que se lleve contablemente a una cuenta de dotación fondo social o de reservas. Ya que ese excedente se va a quedar dentro de la entidad si o si.
Lo normal siguiendo el PGC, es aplicar esos excedentes dejándolos en cuentas de reservas voluntarias. Dentro de ellas, se suele crear subcuentas para indicar de que año vienen y tener todo más controlado (por si se quiere compensar excedentes negativos por ej., etc), pero esto según trabaje ya cada uno.
Espero haber ayudado a aclarar tu duda.
Un saludo.
Víctor J.