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Consulta formulada por:
¿Qué debemos pagar a la seguridad social por un trabajador contratado a jornada completa?
22.04.09
Se trata de un de traductor que tenemos contratado en la organización. ¿Qué debemos pagar por él a la Seguridad Social?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.09
Debende del salario que tenga en Nomina, que estara en base al Contrato de trabajo y convenio colectivo
Para tener una idea, es aproximadamente un 40% del slario bruto de la Nomina (incluyendo la parte proporcional de pagas extras)
Opinión anónima
28.04.09
Hola Abderramin,
Para calcular lo que hay que pagar a la Seg. Social tienes que tener en cuenta la base de cálculo la base de cotización mensual del trabajador, es decir, todo lo que le vais a pagar. Esto está recogido en los distintos convenios colectivos con la característica de ser cotizables. Hay que tener en cuenta que las base de cotización están acotadas con un mínimo y un máximo, dado que también se utilizan para el cálculo de prestaciones.
La base de cotización engloba principalmente, salario base, incentivos y la mayoría de pluses que tenga el trabajador. Normalmente no son cotizables los pluses de transporte o pluses adicionales que así lo reflejen expresamente.
Cuando los trabajadores no tienen las pagas extras prorrateadas, para el cálculo de los costes por seguridad social, tenemos que sumarle a la base de cotización mensual la correspondiente prorrata en concepto de paga extra. Es decir, la seguridad social se paga doce veces al año, no catorce.
Te recomiendo que visites este enlace:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Empresarios/CotizacionRecaudaci10441/index.htm
Un saludo,