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Consulta formulada por:
¿Puede hacernos las auditorías la misma organización durante más de tres años?
18.03.10
Tenemos que renovar el contrato de auditoria que se firma por tres años. ¿Tendríamos algún problema si se renueva a la misma auditoria?
Saludos
Respuestas
Aportada por:
Responsable de Contabilidad y Administrador de sistemas en la Asociacion
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Asesor particular
18.03.10
Buenas
No entiendo porque veis problema en que la misma empresa os realice la auditoria, el reuisito basico de una empresa auditora es la independencia, partiendo de hay no veo ninguna objeción a la continuidad de dicha empresa, con lo que conlleva de ahorro en esfuerzo inicla para conocer la realidad de la empresa y en esta caso de vuestra ONG.
Un saludo
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Asesor legal y contable de ENLs www.riberetaverda.org
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Asesor particular
18.03.10
Buenas,
Estoy de acuerdo con la opinión de Jose Jesus.
Una de las entidades que llevamos en Ribereta Verda, lleva más de tres años con el mismo auditor.
Albert Figa
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Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
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Asesor particular
18.03.10
Creo que lo que pregunta José Manuel es si hay algún problema en continuar con la misma auditora no de cambiarla.
José Manuel, el requisito es mantener como mínimo la empresa auditora durante 3 años, por lo cual es un requisito de mínimos. Como bien te ha indicado José Jesús, y estoy seguro que tu bien sabes, es más fácil continuar con la misma auditora ya que conoce en profundidad vuestra mecánica, realidad y situación patrimonial.
Un saludo.-
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
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Asesor particular
19.03.10
Los contratos con los despachos de auditoria se realizan normalmente por tres años, pero no hay límite de renovaciones, por lo que si este realiza un trabajo satisfactorio para la entidad no hay porque rescindir la relación comercial
Un saludo
Mariano Romero
Opinión anónima
19.03.10
Hola Jose Manuel,
COmo dicen los compañeros, no existe ningún inconveniente. Una cosa es la obligación en determinados supuestos de contratar a una firma auditora durante tres años, y otra que no puedas renovar ese contrato.
Gracias!
Aportada por:
Auditor Censor Jurado de Cuentas
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Asesor particular
23.03.10
Hola:
Articulo 8.punto 4 de la Ley de Auditoria de cuentas dice entre otras:
"Los auditores serán contratados por un periodo inicial que no podrá ser inferior a tres años ni superior a nueve a contar desde la fecha en que se inicie el primer ejercicio a auditar, pudiendo ser contratados por periodos máximos de tres años una vez que haya finalizado el periodo inicial. Durante el periodo inicial, o antes de que finalice cada uno de los trabajos para los que fueron contratados una vez finalizado el periodo inicial, no podrá rescindirse el contrato sin que medie justa causa."
y también:
"No obstante, cuando las auditorías de cuentas no fueran obligatorias, no serán de aplicación las limitaciones establecidas en los párrafos anteriores."
Por lo que como veis en no hay limite para seguir recurrentemente con la auditoría
Saludos cordials