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Consulta formulada por:
¿Podemos meter como gastos en la contabilidad del año 2008 facturas de 2008 que vienen con fecha de 2009 y que pagaremos en 2009?
20.02.09
Con fecha 2009 me están llegando unas facturas del año 2008 y que yo voy a pagar en el año 2009. Estos gastos corresponden a unos seguros de unos cooperantes desde el mes de julio a diciembre 08 y son gastos del 2008. Me gustaria saber si hay posibilidad de meter esos gastos en la contabilidad del año 2008 y que cuentas utilizar.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Buena
Aportada por:
Asesora voluntaria
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Asesor particular
23.02.09
Hola Mª del Mar,
Las facturas debes contabilizarlas en la fecha de estas.
Otra opción es periodificar la parte de gasto correspondiente al 2008.
Saludos, Eva
Buena
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
23.02.09
Si las facturas son emitidas con fecha del 2008, lo correcto, en base al principio de devengo, es que las contabilicéis en 2008. En cuanto a la contabilizaciión, utilizaréis la cuenta de gasto que corresponda contra la correspondiente cuenta 400 de proveedores. En el año 2009, cuando se pague, daréis de baja el proveedor contra banco.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
juan@gonzalezpalomino.com
Buena
Aportada por:
Auditor Censor Jurado de Cuentas
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Asesor particular
23.02.09
Hola:
Lo que se debe hacer en 2008, es una previsión de facturas pendientes de recibir (por el importe de la suma de las bases imponibles de las facturas ya que al ser la factura del 2009, el iva solo sera deducible a partir de ese año. En el 2009 contabilizareis las facturas contra la anulacion de la previsión y con el iva correcto, ejemplo: Fra de servicios de 116 (100+16 de IVA)
en 2008:
100 (cuenta de grupo 6) a
Facturas pendientes recibir (grupo4) 100en 2009:
100 Facturas pendientes recibir
16 Iva soportado a
Proveedores 400
Saludos cordiales
Opinión anónima
23.02.09
Por los gastos incurridos efec tivaqmente en el 2008 se debe correr una partida cargando esos gastos con abono a cuentas por pagar. Al pagar efectivamente esos gastos en 2009 se correra otra partida con cargo a Cuentas por pagar abonando a caja y bancos.
Buena
Aportada por:
Experto en contabilidad
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Asesor particular
23.02.09
Buenas Tardes Maria del Mar
En base de la Contabilidad de Acumulación y Devengo Norma Internacional de Información Financiera en la NIC-1 en su parrafo 25 debiste de registrarlo en el año 2008 pero podrias tener una salvación ya que la fecha de la factura del Proveedor tiene 2009 te aconsejo que la registres en este año normalmente y te evitas todo tipo de problemas.
Aportada por:
Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho
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Asesor particular
23.02.09
De mi consideración.
María del Mar; los gastos se contabilizan por naturaleza y respetando el principio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.
esto quiere decir que, en el caso concreto que consulta, el gasto corresponde a un periodo temporal determinado, comprendido entre julio y diciembe de 2008, por consiguiente a ello debe estarse siguiendo el principio contable enunciado, es decir, debe contabilizarse el gasto en el año 2008 en su integridad, sin posibilidad de periodificar ninguna cantidad correspondiente al mismo. Este gasto se integrará en la cuenta de resultados del ejercicio 2008, y en el balance de dicho ejercicio lucirá una deuda por igual importe del gasto imputado a resultados, que se pagará en el ejercicio 2009.
Saludos.
luisbarato@wanadoo.es
Buena
Aportada por:
Responsable administrativo-financiero de ESAL
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Asesor particular
24.02.09
Estoy de acuerdo con las respuestas de aplicar el principio de devengo e incluir el gasto en el año 2008, en el 2009 declaras el IVA y lo pagas sin problemas.
Buena
Aportada por:
CONSULTOR TERCER SECTOR
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Asesor particular
24.02.09
Siguiendo el argumento de los compañeros, los gastos el 2008, han de ser contabilizados en el 2008. Si el seguro es de seis meses todo el gasto corresponde al 2008, si es anual deberás reflejar en cuentas de periodificación el gasto correspondientes al 2009. Las cuentas a usar son la 625 o alguna del 640, si son gastos obligados por contrato laboral o convenio y la 410 de acreedores por prestación de servicios; en cuanto pagues el seguro entonces cargas la cuenta 410 con abono a la de tesorería correspondiente.