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Consulta formulada por:
¿Podemos corregir la contabilidad del ejercicio 2016 una vez cerrado el año contable?
20.12.17
Hola:
Somos una sociedad sin animo de lucro (protectora animales) que nos constituimos en Diciembre 2016. Acordamos con el Ayuntamiento de nuestra ciudad una subvención mensual de 1.000 euros.
Como los abonos se producen con cierta demora, cometimos el error de no contabilizar la subvención de Diciembre 2016 como ingreso de ese ejercicio y lo contabilizamos como ingreso de este año.
¿Se puede corregir este asiento una vez cerrado el año contable 2016?
Si así fuera, rogaría me indicaran el asiento a efectuar.
Gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Contable. Asesoramiento Contable, Fiscal y Financiero.
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Asesor particular
21.12.17
Buenas José Joaquín.
No te preocupes, en contabilidad suele ser habitual recibir facturas del ejercicio anterior una vez cerrado ya el ejercicio, o que se nos haya escapado alguna cosa o tenido algún error.
Para poder corregir esos errores concretos de ejercicios pasados, el PGC nos indica que deben realizarse en el ejercicio en el cual los detectemos y contra una cuenta de patrimonio neto (se suele usar las reservas voluntarias). Tener en cuenta que de tal error habría que informar también en la memoria. Entiendo que la subvención es sin una finalidad específica o para el mantenimiento general de la entidad del año en curso. En este caso, el asiento podría quedar así, ;
Por la subvención correspondiente a Diciembre de 2016:
(4708 o 572)HP deudora por subv. concedidas (o banco) 1000€ —A— reservas voluntarias (113).
De esta forma llevaríamos en este ejercicio el ingreso del año pasado directamente al patrimonio de la entidad, sin que afecte a los verdaderos resultados (ingresos y gastos) de este año 2017 de la entidad.
Tener en cuenta que si la subvención tiene como finalidad subvencionar gastos de un proyecto repartidos en varios años o la compra de algún inmovilizado,habría que utilizar la cuenta subvenciones oficiales de capital para subsanar el error y que quedara correctamente contabilizado el efecto en el patrimonio.
Espero que sirva para aclararte la duda.
Un saludo y Felices Fiestas.
Víctor J.