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Consultas Online

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Consulta formulada por:

carlos García Martínez

¿Podemos actualizar los valores como errores contables o hay que pagar el Impuesto de Transmisiones patrimoniales al incrementar el valor?

28.05.16

Hola,

En una Asociación que lleva una residencia de personas mayores, la contabilidad la llevaban en Alicante una asesoría (la residencia se encuentra en Torrevieja). Esta asesoría estuvo llevando la contabilidad, seguros sociales y fiscal durante bastante tiempo. Al entrar el equipo gestor que nos hemos hecho cargo de la gestión de dicha residencia, nos encontramos que no existen inventarios hechos, la contabilidad no corresponde a la realidad, pero el hecho más importante es que le han dado un valor conjunto al terreno y el inmueble, amortizando ambos por igual, sin ningún documento soporte.

Al solicitar en el Catastro el valor de ambas cosas, resulta que superior al contable en más de 3M. de euros, no obstante hemos solicitado una tasación a un gabinete especializado que nos certifica un valor superior al catastral. Pregunto ¿puedo actualizar dichos valores como errores contables en el patrimonio o debo pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales al incrementar el mismo?

Espero sus noticias al respecto, saludándoles cordialmente.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

30.05.16

Los valores que deben reflejarse en contabilidad son los valores de adquisición (o coste de producción) del inmueble, lógicamente separando el valor del suelo y de la construcción en sus correspondientes cuentas contables. De igual manera, deberá reflejarse la amortización acumulada correspondiente. Si lo reflejado en la contabilidad difiere de esos valores, sí podrán realizarse los ajustes que se proponen; ahora bien, lo que no sería correcto es reflejar los valores de mercado del inmueble, pues eso podría suponer un ingreso extraordinario que tributaría en el Impuesto sobre Sociedades, sin que tenga nada que ver en esa tributación el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Juan Bautista Jiménez Morales

Voluntario

Trabaja en:

Asesor particular

01.06.16

desde mi punto de vista el interes en actualizar los valores, solo seria factible ante la espectativa de una transmisión patrimonial, y entonces si es logica la duda.
Pero es importantisimo que busqueis los valores en los que se recibieron dichos inmuebles, bien por donación, por adquisición o estais ante un inmueble que equivocadamente se ha contabilizado mal y era cedido, cuidado.
Os conviene rescatar el valor historico citado y no actualizar salvo se tenga previsto una transmisión patrimonial.

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