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Consulta formulada por:
¿Podéis indicarnos si este sistema para la venta de lotería de Navidad en nuestra asociación es legal?
07.11.16
Hola,
Somos una Asociación dedicada a empleo y exclusión social. Este año hemos decidido vender décimos de lotería de Navidad (todavía no hemos comenzado). Lo que queremos saber es cómo lo debemos de hacer para que sea legal al 100%.
Conocemos decenas de clubes, asociaciones que lo hacen, pero queremos saber bien. La idea es comprar los décimos en la administración a 20€ y luego a los “clientes” decirles que es para un motivo benéfico y por ello, lo vendemos a 23 € en los que esos tres euros sirven para la parte benéfica.
¿Tenemos que pagar algún impuesto sobre estos tres euros? Cuando hayamos vendido todo, ¿cómo ingresamos los beneficios? Es decir, si conseguimos vender 10 hojas, serían 3 euros * 100 decimos. 300 euros. ¿Cómo lo ingresaríamos? ¿Donación?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Contable. Asesoramiento Contable, Fiscal y Financiero.
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Asesor particular
09.11.16
Buenas.
En las entidades sin fines lucrativos, como bien dices una manera de conseguir fondos es a través de donativos. En el caso de la lotería de navidad se suele hacer a través papeletas (fraccionamientos) a las cuales se les suele aplicar un donativo. Este donativo sólo está permitido a este tipo de entidades ya que sino todo el mundo lo podría realizar (aunque luego hay muchos que lo hacen igualmente)y para hacerlo de forma totalmente correcta hay que informar a Loterías y Apuestas del estado del donativo que se va a cargar a las papeletas (muchos ni lo hacen). El máximo recargo como donativo permitido es del 20% del valor de la participación.
En cuanto a la venta de lotería, vosotros seríais un simple intermediario entre la lotera y vuestros donantes que quieran jugar en navidad. Por lo que el único ingreso que habría en este caso sería los donativos que os deja por cada papeleta vendida. Los impuestos a pagar dependerán de los resultados y de vuestras actividades realizadas. En el caso de las entidades no lucrativas, los donativos son rentas exentas en el I.S.
Espero que os sirva para aclararos.
Un saludo.
Víctor J.