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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Cristobal Entrena Gutiérrez

¿Podéis indicarnos si es correcto la contabilización que hacemos por la bonificación de una baja?

27.09.11

Hemos creado un CEE, donde estamos exentos de SS de la empresa. Cuando se da un trabajador de baja, el importe que la SS nos bonifica es superior al que nosotros tenemos que ingresar por SS trabajador. ¿Que cuenta de gasto aminora el importe bonificado por la baja la 640 sueldos y salarios o 642 SS empresa?

Si es la última se nos queda con saldo contrario a lo que debe tener una cuenta de gasto y como en realidad lo que la SS nos paga es el sueldo de la persona que está de baja, lo que realmente nos aminora es el gasto sueldos cuenta 640. ¿Que es lo correcto?

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Carlos Jiménez López

Contable especializado en ONG.

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

08.11.11

Hola Cristobal
La verdad es que nunca me he encontrado con esta coyuntura, la exención al 100% de la SS, pero entiendo lo siguiente: la bonificación que recibes es de la Seguridad Social y aminora el importe que pagas mensualmente en tu TC a mes vencido. Por lo tanto yo lo contabilizaría dentro de la 642 como un abono del mismo.
La nómina mensual la seguís pagando vosotros, por eso yo no lo contabilizaría en la 640.
Además es en el TC donde se indica esa bonificación y no en la nómina del trabajador que la seguís pagando vosotros de forma normal (simplemente indica que está el trabajador de baja por enfermedad)
Un saludo y disculpa que no te pueda contestar “con la ley en la mano”.
Juan Carlos Jiménez

solucionesong.org
Un proyecto de