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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Inés Limón Romero

¿Podéis decirme si los apuntes contables que os propongo son correctos?

11.05.12

¿Cómo contabilizar los honorarios de nuestros consultores?

En nuestra ONG trabajamos todos de forma voluntaria, sin embargo, cuando realizamos cursos de formación contratamos a consultores profesionales a los que sí le pagamos sus honorarios y le retenemos el IRPF, pero en ningún momento se les da de alta en la SS y tampoco se emite nómina.

Simplemente se hace un recibo de que han recibido el importe acordado y lo repercutido.

¿Cómo debería de hacer los asientos? Había pensado en lo siguiente:
(623) Honorarios DEBE
(4751) IRPF HABER
(572) Banco HABER

Sé que es una pregunta un tanto simple, pero me estoy iniciando con esto de la contabilidad y necesito un poco de ayuda.

Gracias!!

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

14.05.12

Está totalmente correcto.

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#2

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.12

Hola,

Es correcto, pero, te sugiero los siguientes apuntes,

(623) Honorarios DEBE
(4751) IRPF HABER
(410) Nombre profesional(HABER)
Al pago:
(410) Nombre profesional(DEBE)
(572) Banco HABER
(4751) IRPF DEBE
(572) BANCO HABER

Saludos,
Ricardo Paricio
rparicio@yahoo.es

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#3

Opinión anónima

14.05.12

Coincido con Ricardo. De esta manera podrás diferenciar los profesionales, y tener un seguimiento de las facturas y pagos correspondientes.

Saludos

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#4

Aportada por:

Javier Marco Cano

Economista, Abogado, Auditor de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.12

Estimada Inés, mi criterio es el siguiente. Totalmente de acuerdo con lo especificado por los compañeros anteriores. Sólo quería apuntar el tema del IVA. Hay que tener cuidado con este impuesto, porque si bien la enseñanza está exenta, lo es siempre que esté realizada por entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades. Artículo 20.1.9 LIVA. Si ese fuera el caso, si esta exenta de IVA, y por tanto, no hay que contabilizarlo.
Saludos
Javier Marco

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#5

Opinión anónima

17.05.12

Hola Ines,

De acuerdo con los comentarios realizados, tan solo un pequeño detalle que seguro tendrás en cuenta si utilizas un programa contable y el volumen de operaciones con esos profesional es considerable: conviene crear una cuenta de acreedor específica donde en la “ficha” del programa añadas el NIF/NIE, de esta manera te facilitará el control y elaboración del Mod. 111 y 190; así como, en su caso, del IVA.

Gracias!
Un saludo,
Salvador
http://puche29blog.wordpress.com/

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#6

Respuesta del participante:

Inés Limón Romero

17.05.12

Muchísimas gracias por vuestras aportaciones! Queda todo apuntado!!

Un saludo

solucionesong.org
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