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Consulta formulada por:
¿Podéis ayudarnos a calcular los días de vacaciones que le debemos a una persona que ha solicitado la baja voluntaria?
14.01.08
Tenemos contratada a una técnico que iba a desarrollar un proyecto que comenzó el 25 de octubre del 2007 y finalizará el 25 de octubre del 2008. Esta persona ha solicitado la baja voluntaria y no sabemos qué le corresponde ya que ella ha estado trabajando en otro proyecto desde octubre del 2006 a octubre del 2007 y disfrutó de todos sus días de vacaciones en el 2007.
Sin embargo, en el 2006 ni cogió ni se le liquidó los días que le correspondían. Lo hicimos así pensando en que el proyecto duraba un año. Ahora ella piensa que le corresponden dias de vacaciones desde octubre del 2007 hasta el día en que se le dará la baja que será el 20 de Enero de 2008.
Es un poco compleja la pregunta pero les ruego me ayuden a solventar esta situación.
Siempre agradecida.
Respuestas
Aportada por:
Gerente Plena Gestion Social SL
Trabaja en:
Asesor particular
15.01.08
Estimada Carmen, para el claculo de las vacaciones, de forma general te diré, que tendrias que, partiendo del numero de dias de vacaciones que figure en el convenio colectivo o legislacion de aplicacion, aplicar la parte proporcional al perido trabajado, tendreis que tener en cuenta que normalmente las vacaciones no se podran disfrutar de un año a otro, es decir las vacaciones generadas en el año 2006, no se pueden disfrutar en el año 2008 por ejemplo. Como te digo es cuestion general, habria que ver, te repito el convenio de aplicacion, porque incluso el numero de dias puede variar de un reglamento a otro. SI necesitas mas ayuda no dudes en ponerte en contacto conmigo
Fermin Aparicio
Gerente Plena Gestion Social
fermin@plenaonline.es
www.plenaonline.es
Opinión anónima
15.01.08
las vacaciones se disfrutan por anualidades naturales, osea que las vacaciones que le correspondían por el año 2007 debió disfrutarlas en su momento. No obstante si llegásteis a un acuerdo, no sé la verdad si este acuerdo es legal o no, pues sobreentiendo que los acuerdos sobre vacaciones y demás como pueden ser la retribución compensatoria de vacaciones están prohibidas. El trabajador debe disfrutar sus vacaciones, es un derecho irrenunciable.
Si queréis pagarles todas las vacaciones desde el 25 de octubre al 20 de enero, son un total de 7 dias.
Si por el contrario solo le quereis pagar las correspondiente a enero son 1 día y medio de salario.
(*) todo esto siempre aplicando lo general , 30 días por año natural.
un saludo