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Consulta formulada por:
¿Podéis ayudarme a calcular una partida presupuestaria para el sueldo de un profesional?
12.11.07
Queremos contratar a nuestra trabajadora social, 5 horas al día durante el 2008. Me he basado en el nuevo convenio colectivo marco estatal de accion e intervencion social y su salario base mensual seria de 1277.50 euros (jornada completa), ¿que gastos tengo que añadir mas?
Un saludo y gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesora contable y financiera en Optha Consultores
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Asesor particular
14.11.07
Tendrias que añadir el coste de la seguridad social a cargo del empresario que aproximadamente sería un 32% del salario bruto mensual. Unicamente has puesto el salario base mensual a este habria que añadirle los demas complementos que le hayais contratado con ella y al final tendrias el bruto mensual.
Saludos
Aportada por:
Contable especializado en ONG.
Trabaja en:
14.11.07
Estimada Rocío:
Cinco horas de una jornada de 8 horas, supone 0.625 de Jornada. Eso supone que el sueldo del que hablas, sería de 798.43€ al mes por la jornada de cinco horas.
Esa cantidad la multiplicarás por 14 (12 meses + dos pagas Extras). Ese será el Salario Bruto que reciba vuestra contratada, al año. De ahí tendreis que descontar la Seg. Social de la trabajadora y su IRPF (que vosotros sois los encargados de declarar y llevar a la Agencia Tributaria).
Hasta ahí el importe del Salario Bruto. El coste que tendrias vosotros, sería esa cantidad bruta multiplicada por 32.09 que corresponde a la cuota que vosotros teneis que pagar a la Seguridad Social.
Si el contrato que la haceis es indefinido, el % a aplicar sería 31.14, de la misma forma que si se trata de una persona con discapacidad, en lugar del 32.09.
Espero que os haya servido de ayuda. Un saludo
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
14.11.07
Hola, Rocío,
a los costes de salario y seguridad social, añade los del IRPF, que se abonan por trabajador y por cada trimestre a Hacienda, los meses de abril, julio, octubre y enero. El gestor que os lleve este tema os debería preparar los impresos del IRPF (modelo 110) para presentar y pagar, así como el resumen de éstos (modelo 190) para presentar a Hacienda cada año.
Saludos cordiales,