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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carmen Aguiló Buades

¿Permite la ley de fundaciones tener personal contratado y voluntario en la fundación?

25.05.11

¿Se puede tener en una fundación personal contratado y voluntarios? ¿lo permite la Ley de fundaciones?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

26.05.11

Hola, Carmen.

Sí, lo permite. Una fundación, como cualquier ONG, puede tener:
- personal contratado
- voluntarios
- personal autónomo que realice tareas o proyectos puntuales para la organización

Sobre el personal remunerado, un miembro del patronato o de la junta directiva también puede ser contratado, siempre que lo sea como profesional y para desempeñar un trabajo concreto en la entidad, nunca como cargo directivo.

Así mismo, una persona contratada puede compaginar horas remuneradas con otras de voluntariado si, por ejemplo, recibe sus honorarios por un contrato a media jornada y luego se dedica más tiempo altruistamente a asuntos de la fundación.

Si vais a contratar personal, debéis daros de alta como empresa en Hacienda y en la Seguridad Social, consultadlo y haced los trámites correspondientes antes de nada.

Y también es importante que hagáis una selección de personal, si vais a buscar profesionales externos, con entrevistas bien enfocadas para aseguraros que incorporáis a la gente adecuada en el equipo. Definid bien el perfil que buscáis: por formación, experiencia y las características o requisitos que debe reunir. Y haced la selección teniendo siempre este perfil en cuenta.

Mucha suerte!

Montse

solucionesong.org
Un proyecto de