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Consulta formulada por:
¿Para calcular una hora de festivo tengo que basarme en el salario base o en la base de cotización?
30.01.14
Hola,
¿Para calcular una hora de festivo tengo que basarme en el salario base o en la base de cotización?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
03.02.14
Hola Marian
Concretamente el artículo 47 del RD 2001/1983 sobre jornadas especiales: “Cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la Empresa vendrá obligada a abonar al trabajador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 %, como mínimo, salvo descanso compensatorio.”
Este RD está derogado por el RD 1561/1995; pero a excepción de los artículos 45, 46 y este art 47.
Así que la cosa está muy clara. Si trabajas x horas en festivo o en tus días libres, te tienen que pagar esas x horas con un 75% de incremento. El importe de la hora normal lo puedes calcular fácilmente sumando la base de cotización de tus últimas 12 nóminas y dividiendo el resultado entre la jornada máxima anual según convenio. Si en vez de pagarlas, te compensan las horas, también debe ser con el incremento del 75%.
Por supuesto, todos los trabajadores sujetos al derecho laboral español (españoles y extranjeros) tienen derecho a sus 14 festivos, incluidos los trabajadores de hostelería, los del comercio, los peajistas, los limpiadores, los de telemarketing y los del Atlético de Madrid.
Un saludo
Teresa Ferraz