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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Participante dado de baja

Obligación de una entidad religiosa sin actividad mercantil a llevar un libro contable

09.10.10

Una entidad religiosa inscrita en el Registro de Entidades Religiosas (sin acuerdo con el estado español), sin actividad mecantil, pero que tiene cuenta en un banco para ingresos y pagos, sin intereses, ¿está obligada a llevar libros contables?
¿está obligada a depositarlos en el Registro Mercantil ú otro Registro?.

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

14.10.10

Buenos días,
Hay unos ingresos, gastos, si hay cta. cte. en banco, el mismo cobrará comisiones.
Todo los movimientos deben de quedar reflejados en una contabilidad y debe depositarse en el Registro Mercantil.

Saludos,
Ricardo

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#2

Aportada por:

Jaume Navarro Laboria

Asesor Económico Contable

Trabaja en:

Asesor particular

18.10.10

Estoy de acuerdo con Ricardo en que hay que llevar la contabilidad, aunque no se tenga una actividad mercantil. Si el volumen de negocio no supera los 600.000,00 euros, no hay obligación de efectuar el depósito en el Registro Mercantil si somo supongo es una Asociación. Seía conveniente que certificase las Cuentas Anuales y las Actas un Notario.

Saludos cordiales.

Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)

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#3

Respuesta del participante:

Participante dado de baja

18.10.10

Gracias a ambos por la información.Saludos

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