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Consulta formulada por:
Nos gustaría saber si se ha publicado ya el Convenio Colectivo para trabajadores en centros de acogimiento residencial.
23.03.07
Hasta ahora estamos adscritos al convenio de oficinas y despachos, que dejaba muchos huecos por cubrir, ya que no contempla horarios rotativos, noches, responsabilidad… Cuando este convenio se publica, ¿está obligada nuestra ONG a acogerse?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Directora de Excellere (consultora educativa sin fines de lucro) - http://excellereconsultoraeducativa.ning.com
Trabaja en:
Asesor particular
26.03.07
Estimada Concepción: en la web:
http://www.boe.es/boe/dias/2006/06/27/pdfs/A24225-24245.pdf
figura un convenio que creo es al que haces referencia y en el art. 4 detalla a quiénes se aplica.
No se en tu país, pero en Argentina si existe un convenio, aunque el empleador no se acoja a él el trabajador en forma independiente o colectiva puede reclamar los beneficios que depare un convenio si son mayores a los que tiene en ese momento.
Espero que te sea útil el comentario.
éxitos.
Natalia
Opinión anónima
27.03.07
Hola Concepción, respecto a tu consulta, en la Comunidad de Madrid ya se ha pactado y aprobado el I Convenio Colectivo de la Intervención Social, que aún no ha entrado en vigor ya que todavía no ha sido publicado en el BOCM. Creo que este convenio da respuesta a las dudas que planteas; en el art. 22 se regula el trabajo por turnos y la nocturnidad, caracteríaticas laborales de un centro de atención como el que gestiona vuestra asociación (podrás ver en el art. 2 la definición de centro).
En el art. 10 letra b), puedes ver el mecanismo de “adscricpción” a este convenio, es decir, pasar del de oficinas y despachos al de la Intervención Social.
Puedes ver le texto del convenio en:
http://www.solucionesong.org/web/archivos/1312200617170.pdf
Un saludo