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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mª Dolores Lamas Ocampo

Nos gustaría confirmar si son correctos unos apuntes contables sobre la contabilización de una subvención.

15.06.06

Recibimos subvenciones de la Xunta de Galicia para varios proyectos que llevamos a cabo en la India. Cuando nos conceden la subvención, normalmente solo nos abonan un 30 o 40% del total del importe, en espera de la justificación.

Nos gustaría que nos revisaseis los siguientes apuntes sobre cómo realizar los asientos contables de la subvención:
- Abonar en la cuenta 132 (entiendo que no sería la 130, pues no sería para inmovilizado)
- Cargo a la cuenta 47 por el total de la subvención concedida.
- Ingreso de parte de la subvención en la cuenta 725 y cargo a la 132, además de 57/47.

En el momento que nos llega el dinero de la subvención, hacemos una transferencia a una ONG de la India, ¿debemos registrar este movimiento en la cuenta 652?

Muchas gracias por todo.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

16.06.06

Si la SUBVENCIÓN es para atender la cobertura de GASTOS CORRIENTES el esquema contable sería el siguiente:

En el momento de la concesión

(4708)
Por el importe bruto de la subvención, incluido en su caso el IVA devengado.

a (740)
Por el importe neto de la subvención concedida.

a (477)
Por el importe del IVA devengado, en su caso, sobre la subvención líquida concedida.

En el momento del cobro efectivo de la subvención

(572) a (4708)
Por el importe bruto de la subvención, incluido en su caso el IVA devengado.

En el momento de la imputación al Resultado del ejercicio (regularización de las cuentas de Ingresos)

El saldo de la cuenta (740) se regularizará, al cierre del ejercicio, junto con los de las demás cuentas de Ingresos con ABONO a la cuenta (129).


Si la SUBVENCIÓN es para financiar la adquisición de elementos del INMOVILIZADO MATERIAL o INMATERIAL el esquema contable correspondiente a la Subvención es el siguiente:

En el momento de la concesión

(4708) a (1300)
Por el importe de la subvención.

En el momento del cobro efectivo de la subvención

(572) a (4708)
Por el importe de la subvención.

En el momento de la imputación al Resultado del ejercicio

(1300) a (775)
Por la parte de la Subvención imputada al ejercicio correspondiente.

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional - como Economista, Auditor y Consultor - le resulten de utilidad. Formule nuevas consultas para resolver sus dudas. Un atento saludo.

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