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Consulta formulada por:
Nómina de una compañera de baja por maternidad
21.11.11
Una compañera está de baja por maternidad, ¿cómo ha de aparecer en la nómina el concepto de pago por parte de la Seguridad Social?
Hasta ahora hacíamos el siguiente asiento:
(640) SUELDOS (642) Seg. Soc. a cargo de la empresa
a
(465) Remuneraciones pendientes de pago (476) SS. acreedores
Una vez ingresadas las nóminas:
(465) Remuneraciones pendientes a (572) Bancos
Y al pagar la Seguridad Social
(476) SS acreedores a (572) Bancos
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesor Contable www.gestioong.es
Trabaja en:
Asesor particular
25.11.11
Hola Sara,
El sueldo de tu compañera será a cargo del INSS, pero la Asociación seguirá pagando Seguridad Social empresario.
(642) Seg.Soc. a cargo empresa a (476) SS acreedores
Al pago
((476) SS acreedores a (572) Bancos
Salvo mejor opinión,
Saludos,
Ricardo Paricio
rparicio@yahoo.es
Aportada por:
Abogada no ejerciente
Trabaja en:
Asesor particular
25.11.11
Hola Sara,
según el Art. 133 quater del Real Decreto 1/1994 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social:
“La prestación económica por maternidad consistirá en un subsidio equivalente al 100 % de la base reguladora correspondiente. A tales efectos, la base reguladora será equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes”. Por lo tanto la maternidad se encuentra encuadrada en contingencias comunes
Un saludo
Laura
Respuesta del participante:
30.11.11
Muchas gracias, pero aun sigo teniendo una duda:
El asiento del salario de la baja maternal sería así?
(640) sueldos y salarios a (471) ss deudora
¿Y cuándo la SS pague a la empleada? como ese dinero se lo pagan directamente a ella….
Gracias!