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Consulta formulada por:
No presentamos cuentas anuales, ¿es obligatorio tener de todo facturas oficiales?
23.03.11
Nuestra asociación no es de interés público y no presentamos las cuentas anuales ¿Estamos obligado a tener siempre y de todo facturas oficiales o basta con un recibí?. ¿Cómo contabilizar los trabajos que nos realizan y no nos hacen ni facturas ni recibí?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesor Económico Contable
Trabaja en:
Asesor particular
24.03.11
Hola Mª José,
Aunque no presentéis las CC.AA., vuestro Balance y Cuenta de Resultados han de ser aprobados por la Junta General. Yo creo que es conveniente que lo legalicéis ante un notario.
Tenéis que tener facturas de todo oficiales y comprobante de los pagos y cobros (recibí, transferencia bancaria, talón, etcétera).
Los trabajos que os realizan tienen que estar documentados mediante facturas o hojas de dietas (locomoción, quilometraje y otros). En función de su naturaleza se efectuará su contabilización.
Saludos cordiales.
Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)