Consultas Online
Consulta formulada por:
Fernando Fernandez-Gil Domingo
¿Los que colaboran con nosotros menos de 2 horas a la semana se consideran voluntarios o no?
16.07.12
Estimados amigos,
Nuestra ONG está compuesta por un grupo de voluntarios que aportan en cada momento el tiempo que quieren: Los hay que colaborarán con nosotros dos horas a la semana, y los hay que quizá solo dos al mes.
En el Punto de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid, me indican que para que se considere voluntario el mínimo que se establece son dos horas semanales.
¿¿¿Es eso cierto??? Entonces, ¿Los que colaboran con nosotros menos de dos horas a la semana, no se consideran voluntarios? ¿No hay que contratar seguro para ellos?
Nos es de vital importancia tenerlo claro, porque gran parte de los voluntarios que actualmente tenemos, no colaboran con nosotros ese mínimo que nos comentan de dos horas a la semana.
Muchas gracias de antemano y un saludo cordial.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
16.07.12
Hola Fernando,
En ninguna ley de voluntariado ni reglamento he leido que se hable del número de horas mínimo para que una persona pueda ser considerada voluntaria o no, imagina que es el contable (voluntario) y con dos horas al mes tuviese suficiente.
No se, a ver que dicen el resto de compañeros/as
Saludos, Eva
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
16.07.12
Hola, Fernando,
pues opino como Eva. Eso de las horas es una referencia orientativa, quizás. Pero puede haber voluntarios que a lo mejor colaboran solo dos o tres veces al año, en un evento, y esos días se tiran siete u ocho horas, o más, ayudando. Así que no creo que las horas y la frecuencia sean baremos estrictos. ¿Colaboran con cierta regularidad? ¿Lo hacen de manera comprometida? ¿Contáis con ellos al menos dos veces al año, de manera continuada y desde hace tiempo? Si es así, consideradlos voluntarios y lo mejor es incluirlos a todos en el seguro. Nosotros, al menos, lo hacemos así. Tenemos asegurados desde el que viene cada semana cinco o seis horas hasta el que viene un par de veces al año, en nuestras fiestas, y se ocupa de toda la megafonía de manera altruista.
Saludos,
Montse de Paz
Opinión anónima
19.07.12
Lo mismo digo. Se es voluntario porque haces una labor SIN NINGUN LUCRO PARA TI y dedicas el tiempo que puedes: dos horas a la semana; dos horas al mes; una hora diaria… pero GRATUITAMENTE.
Soy partidaria que todo voluntario tenga un seguro de responsabilidad civil. La ONG tiene una colectiva y va apuntando a sus voluntarios. Eso os lo explicará mejor cualquier Aseguradora, SOBRE TODO SI HACE TRABAJOS DE CIERTO RIESGO. Un ejemplo: un voluntario que preste sus servicios en un Hospital, normalmente está en una póliza de Responsabilidad Civil que tiene al efecto el Hospital.
Aportada por:
"Quien empieza una cosa ya tiene hecha la mitad". Horacio
Trabaja en:
Asesor particular
20.07.12
Totalmente de acuerdo con las aportaciones. La Ley no establece límite y el sentido común tampoco. Otra cosa es que por necesidades de la actividad concreta que se va a realizar, la organización establezca un requisito de horas para poder realizar el voluntariado para esa actividad.
El requisito para ser voluntario/a es que sea de forma desinteresada y exista un compromiso con una organización de colaboración.
Aportada por:
Educador Social
Trabaja en:
Asesor particular
24.07.12
Estimado Fernando:
En la linea de mis compañeras yo soy partidario de que absolutamente toda persona que colabore voluntariamente con la entidad tenga su correspondiente seguro de accidentes y responsabilidad civil, independientemente de cual sea su dedicación.
Con esto por delante,... la clave está en determinar “¿A quien consideramos voluntario/a?”
... Pues bien, sobre este tema creo que lo mejor es definirlo/concretarlo a vuestra medida, en un reglamento interno de acción voluntaria, en el cual además de establecer la dedicación mínima para ser considerado voluntario/a, determineis las condiciones específicas de admisión y la pérdida de esta condición, los derechos y deberes de esta, los mecanismos para su participación en la entidad y los principios que regirán las relaciones entre las personas voluntarias y vuestra entidad.