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Legalidad de pagos
29.09.21
Buenos días,
Presido una asociación cultural cuyos fines, definidos en los estatutos, son la investigación y la divulgación de un tema de historia local.
Fundé la asociación al llevar muchos años investigando esa historia local y en todos estos años he generado una serie de gastos en concepto de reprografía (copias de documentos solicitadas a innumerables archivos) y transporte (metro, parquímetro), que tengo perfectamente contabilizados y dispongo de la mayoría de justificantes. Pensé en solicitar a la asociación la “devolución” de estos gastos de forma progresiva, dado que se han destinado a uno de los dos fines fundamentales de la misma, la investigación. Lo he propuesto a los socios y han aceptado en asamblea general, a cambio de poner a disposición de los asociados las copias de esos documentos.
Lo que quiero preguntar es si esta especie de devolución o subvención a toro pasado es legal (muchos de los gastos los hice antes de fundar la asociación). Evidentemente, cada gasto se justificará detalladamente y se cubrirán con los ingresos que tenemos de una actividad económica, poco a poco. La decisión está aprobada en asamblea.
Pero me sigue quedando la duda de si este proceder puede tener algún inconveniente legal.
Gracias de antemano por su colaboración
Respuestas
Aportada por:
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
02.10.21
Si en el acta de la Asamblea los socios han reconocido la deuda, pues legalmente no hay problema; si está aceptada y es líquida. Cada uno puede imponerse las obligaciones que quiera.
Ahora bien, una cosa es ese reconocimiento de deuda y otra como va a contabilizar la asociación esa deuda y el sistema de pago que se va a hacer, si en un pago o en pagos sucesivos.