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Consulta formulada por:
¿Las plantas, arbustos y árboles se pueden considerar bienes inventariables?
18.06.18
Hola,
Las plantas, arbustos y árboles ¿se pueden considerar bienes inventariables? ¿O al tratarse de bienes inmuebles, o se pueden considerar invetariables?
Es una duda a propósito de una subvención que no financia material inventariable.
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
19.06.18
Las plantas en general, los árboles y los arbustos son bienes naturales, no bienes inmuebles. Si la entidad desarrolla una actividad económica cuyo fin gira en torno a la explotación de bosques o a la venta de plantas, tanto los árboles como las plantas tendrán la consideración de existencias comerciales susceptibles de ser vendidas sin transformación previa. O bien, la de materias primas para la obtención de otros elementos mediante la transformación industrial correspondiente.
Un atento saludo,
Adolfo T. Dochado
Consultor, Auditor y Formador